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San José, Costa Rica, Sábado 10 de mayo de 2008

 

Sala Constitucional se trajo abajo mandato en Ley anticorrupción:

EMPLEADOS PÚBLICOS NO DECLARARÁN CALZONCILLOS NI ROPA DE FAMILIARES

Gerardo Ruiz Ramón
gruiz@diarioextra.com

La legislación ya no exigirá a los jerarcas de las instituciones públicas a declarar el detalle de la ropa para uso personal y de familias que hayan comprado durante el último año. La Contraloría es el órgano encargado de recibir las declaraciones juradas de bienes de los burócratas.

Los empleados públicos que ocupen altos cargos ya no tendrán que declararle a la Contraloría General de la República la ropa que hayan adquirido durante el último año para uso personal y de sus familiares.

La Sala Constitucional, en su resolución 7689-08, falló a favor de una acción de inconstitucionalidad interpuesta por un funcionario público de apellidos Coto Rojas, en contra de las disposiciones del artículo 29 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

Aparte de la ropa de uso personal y de sus allegados, los jerarcas de entidades públicas tampoco tendrán que revelarle a la Contraloría los electrodomésticos, muebles y otros artefactos de uso doméstico.

Coto Rojas argumentó en su acción de inconstitucionalidad, que la norma ahora anulada iba en contra del principio de razonabilidad, pues establecía el detalle del menaje de casa, así como de la ropa de uso personal y de los familiares, obligando a los funcionarios a declarar hasta los calzoncillos y calzones, hasta la última cuchara de la familia.

La Sala resolvió que ahora los burócratas podrán hacer la declaración únicamente dando a conocer el valor total del menaje de casa.

PLAZO HASTA EL 22 DE MAYO

La Contraloría General de la República informó que hasta ahora solo el 13% de los funcionarios públicos obligados a declarar sus bienes han cumplido con esa disposición.

Hasta ayer al mediodía solo 1.554 de los 11.500 empleados del Estado obligados a revelar su situación patrimonial, habían entregado las listas detallando sus pertenencias.

El órgano contralor comunicó que en su sede en La Sabana, dispone de 74 computadoras destinadas a que los burócratas llenen la fórmula que se encuentra en el sitio electrónico www.cgr.go.cr, para posteriormente entregar el documento impreso y firmado.

Si la declaración se envía a la Contraloría utilizando servicios de mensajería, la firma del funcionario deberá ir autentificada por un abogado. Funcionarios de la Contraloría también visitan 20 instituciones del Estado para facilitar la entrega de los documentos a los funcionarios.

Para aclarar dudas sobre el proceso de declaración jurada de bienes, la Contraloría habilitó la línea 905-DECLARE (905-332 5273).

Los documentos se estarán recibiendo de 8 de la mañana a 4 de la tarde hasta el 22 de mayo.

QUIÉNES DEBEN DECLARAR

• Los diputados
• El presidente y los vicepresidentes de la República
• Los ministros y viceministros con o sin cartera
• Presidentes ejecutivos
• Magistrados propietarios y suplentes
• Contralor y subcontralor de la República
• Defensor y defensor adjunto de los Habitantes
• Procurador y procurador adjunto
• Fiscal General de la República
• Rectores de las universidades públicas
• Regulador General de la República
• Superintendentes de entidades financieras
• Oficiales mayores de ministerios
• Miembros de juntas directivas
• Gerentes, subgerentes, auditores, subauditores y encargados de proveeduría de las entidades públicas
• Alcaldes, regidores propietarios y suplentes
• Empleados de aduanas y quienes tramiten licitaciones públicas
• Quienes manejen fondos públicos