Señalan Inconstitucionalidad

 

REQUISITOS DE CALIFICACIONES

PARA TRANSPORTE ESTUDIANTIL

 

·       Condiciones generan discriminación en perjuicio de estudiantes reprobados o con calificaciones menos de 70.

·       Anulan artículos 4, inciso a y 5, inciso b del reglamento que regula el servicio gratuito en el MEP.

 

Las normas del Reglamento del Servicio de Transporte Estudiantil en los Centros Educativos Públicos que establecen limitaciones para quienes necesitan este beneficio fueron declaradas inconstitucionales.

De esta manera, la Sala Constitucional anuló dos incisos, del reglamento del Ministerio de Educación Público, decreto ejecutivo N°29023, que regula dicho servicio.

Sala Constitucional señaló que no se puede negar el transporte gratuito a estudiantes que  requieren del subsidio por estar reprobados o tener calificaciones bajas.

 

“Se declara con lugar la acción y, por ende, son inconstitucionales los artículos 4 inciso a) y 5 inciso b) del Reglamento del Servicio de Transporte Estudiantil en los Centros Educativos Públicos, Decreto Ejecutivo 29023-MEP, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 208 de 31 de octubre de 2000. Esta sentencia es declarativa y retroactiva a la fecha de emisión de las normas que se anulan, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Comuníquese al Poder Ejecutivo”, puntualizó la sentencia 2008-08262.

La acción de inconstitucional la presentó la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia en Paquera por considerar que las normas impugnadas son discriminatorias, al impedir que se les reconozca el servicio de transporte estudiantil gratuito a los estudiantes que han reprobado el curso lectivo o quienes tienen calificaciones menores a setenta.

Para las autoridades del PANI, estas disposiciones no toman en consideración las condiciones en que viven los menores que no tienen acceso a este beneficio, pues éstas pueden ser el resultado de situaciones socio-económicas o problemas particulares que requieren una atención especial como la aplicación de adecuaciones curriculares.

De acuerdo con los argumentos expuestos en la acción, el PANI calificó de arbitrarias las disposiciones reglamentarias porque perjudican directamente el acceso a la educación y la permanencia en el sistema educativo a los estudiantes, además de que genera discriminación al negar una ayuda para muchos niños, niñas y jóvenes que la requieren.