San José, Costa Rica, Jueves 31 de enero de 2008

 

EL EDIFICIO DEL TRIBUNAL DE GUÁPILES

Luis Paulino Mora Mora *

El artículo 64 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del profesional en derecho, de cumplimiento de los agremiados al Colegio de Abogados, establece que los abogados y abogadas no “…deberán comunicar ni facilitar la divulgación de noticias, comentarios u opiniones vinculados a asuntos pendientes en que intervengan en Tribunales de cualquier naturaleza. Deberán evitar cualquier ponderación de sí mismos y crítica de la contraparte, su abogado y de los tribunales, y les está prohibido referirse en cualquier forma a asuntos judiciales pendientes.(…)”. No obstante lo anterior, me veo en la imperiosa obligación por esta única vez, de referirme al artículo de opinión publicado en el DIARIO EXTRA el viernes 11 de enero del 2008 y que firma el señor Diputado, Rafael Elías Madrigal Brenes, relacionado como él mismo lo reconoce con un asunto que se encuentra en conocimiento de la Sala Constitucional.

 

Una y otra vez, desde hace más de un año, Don Rafael Elías ha acudido a diferentes instancias administrativas y judiciales, con el fin de obtener un pronunciamiento que impida al Poder Judicial –en su función administrativa– construir el edificio del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles), bajo los mismos argumentos que expone en el artículo que ahora contesto.

 

Igualmente, una y otra vez he expuesto ante esas instancias que los argumentos de Don Rafael, aunque respetables, no son de recibo por cuanto el Poder Judicial ha cumplido con las normas y disposiciones que rigen la materia de construcción de edificios, en la construcción que se realiza en Guápiles para albergar los Tribunales de ese lugar. Contamos con los permisos que por ley y reglamento deben tenerse, para que la edificación se ajuste a las exigencias establecidas.

 

 

En el expediente del recurso de amparo que tramita la Sala Constitucional constan los informes rendidos, en donde se demuestra claramente que el sitio en que se está construyendo el edificio en cuestión, se ubica a más de dos kilómetros del límite de los mantos acuíferos de Pococi y Guácimo. Incluso por decisión propia –por cuanto estudios de expertos indican que con la propuesta aprobada inicialmente no habrá contaminación del nivel freático– se dispuso la construcción de una planta de tratamiento con un costo de más de ¢15 millones, propuesta constructiva adicional que ya cuenta con los permisos respectivos y a la fecha se ejecuta, con lo que la protección de las aguas –aspecto en que coincidimos con el señor Diputado– se garantiza plenamente.

 

Se ha solicitado al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el diseño y construcción de pasos peatonales a desnivel y las correspondientes medidas viales que regulen el acceso al edificio de vehículos y peatones, sobre todo al momento en que el usuario debe atravesar la carretera que une San José con Limón.

 

Consta en el expediente finalmente –a contrario de lo que indica Don Rafael– que el Poder Judicial adquirió el terreno en que está construyendo el edificio mediante un proceso de licitación pública, pensando siempre en el interés general de los usuarios de la zona, para que cuenten con instalaciones centralizadas, modernas y accesibles en que puedan recibir el servicio de justicia que se merecen como contribuyentes del Fisco. En ningún momento pensando en los intereses particulares de determinada persona, ya que como bien lo afirma mediante oficio No. 0468 del 24 de enero del 2007, el Gerente de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, en respuesta a Don Rafael, quien solicitó el 30 de noviembre del 2006, que se investigará las actuaciones del Poder Judicial en este asunto, “(…) a) De acuerdo con una verificación efectuada por nuestra División de Contratación Administrativa, el Poder Judicial siguió los procedimientos de contratación respectivos y no se advierte vicio alguno. Las decisiones tomadas por esa institución se encuentran debidamente justificadas y corresponden al ámbito de su competencia. (…)”.


* Presidente de la Corte Suprema de Justicia