Economía y Política # 619

Sus archivos son inviolables

Trabajadores tienen derecho a intimidad pero patronos también pueden controlar

El Financiero

Equilibrio. El patrono debe conocer los límites a su poder de control e informar al trabajador la política interna que regirá esta supervisión.

jupiter images /Para EF

Marco Durante C.
legales@elfinancierocr.com

Los trabajadores tienen derecho a que sus patronos respeten la intimidad de todos los documentos personales que guardan en la computadora, aunque se trate de un activo de la compañía. Pero los patronos pueden crear políticas internas para supervisar esa información.

La resolución de la Sala Constitucional (15.063) del 1 de noviembre del 2005, que declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por una trabajadora contra varios funcionarios del Ministerio de Comercio Exterior, pone sobre la palestra la tradicional ponderación de dos bienes jurídicos contrapuestos.

Por un lado, el derecho del patrono a ejercer mecanismos de uso y control sobre bienes privados de su propiedad con el fin de dirigir la empresa a su mejor consideración.

Por el otro, los derechos laborales y constitucionales del trabajador contratado, quien al utilizar dichos instrumentos no renuncia al derecho fundamental de protección a la intimidad.

A la recurrente le impidieron borrar documentos privados que tenía en la computadora portátil asignada cuando fue despedida.

Los funcionarios del Comex tuvieron acceso a esos documentos sin consultarle, lo que está en contra del principio de inviolabilidad de las comunicaciones privadas, establecido en el numeral 24 de la Constitución Política.

La Sala IV señaló que el correo electrónico y los documentos almacenados en la computadora que utilizaba la recurrente, aunque fuera un bien público, estaban protegidos por el derecho al secreto de las comunicaciones. Por lo tanto, nunca debieron controlarlos a través de procedimientos mejores a los establecidos por ese derecho.

Poder limitado

El poder de dirección es un derecho del patrono de definir discrecional y unilateralmente la forma en que se regulan las relaciones obrero-patronales .

Este poder incluye las potestades de control, monitoreo y colateralmente la potestad de sanción disciplinaria de sus trabajadores.

Abogado

Especialista en derecho laboral.

No es ilimitado; por el contrario, el patrono puede ejercerlo libremente siempre que no trasgreda los derechos fundamentales del trabajador como la dignidad y la intimidad.

Son derechos irrenunciables, indiscutibles y absolutos que el trabajador goza por su propia condición humana, que no se discuten en ningún momento de la relación laboral.

Supervisión clara

¿Después de este voto los patronos se quedaron sin posibilidades reales de ejercer su poder de dirección? No.

En el mismo voto, la Sala IV indicó que el derecho a la intimidad del trabajador debe conciliarse con otros derechos e intereses legítimos del empleador – sea público o privado –.

En particular, su derecho a administrar con cierta eficacia y su derecho a protegerse de la responsabilidad o el perjuicio que pueda derivarse de acciones irregulares de trabajadores.

No existe en nuestra legislación laboral una norma que regule el poder de dirección para que tampoco violente los derechos de los trabajadores.

Lo recomendable es que desde un inicio, el patrono conozca la legalidad y los límites de cada mecanismo de control y monitoreo que según sus necesidades desea implementar con sus trabajadores. Como el uso de cámaras de vídeo en la empresa, pruebas doping , instalación de dispositivos GPS en vehículos de la compañía, grabación de llamadas telefónicas para control de calidad del servicio, revisión de bolsos al ingreso y salida del trabajo, entre otros.

A partir de esta certeza, debe informar al personal la política interna que regirá ese control para evitar situaciones discriminatorias contra el trabajador.

Así, cuando desee controlar la información que almacenan sus empleados, lo ideal sería que la revisión se efectúe en presencia del trabajador y personal de tecnologías de información.