DESPIDEN TRABAJADOR POR

PERDIDA DE CONFIANZA

 

 

·        Sala Segunda resuelve recurso de casación

 

Al resolver un recurso de casación presentado por un exfuncionario de Recope quien fue despedido por pérdida de confianza, los magistrados y magistradas de la Sala Segunda de la Corte establecieron que el despido si correspondió a esa circunstancia.

         Agregaron que de acuerdo a los hechos planteados en el proceso el exfuncionario aprovechó su puesto para obtener beneficios personales.

         De acuerdo con la sentencia número 212-04  del 30 de marzo del presente año, los magistrados Orlando Aguirre Gómez, Bernardo van der Laat Echeverría, Rolando Vega Robert y las magistradas Zarela Villanueva Monge y Julia Varela Araya, señalan que el actor incurrió en  pérdida de confianza objetiva y que su actuación fue  grave y suficiente para dar por terminado el contrato de trabajo sin responsabilidad patronal.

         Los hechos que dan pie a este proceso ocurren cuando el demandante laboraba un la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), como jefe de una sección que se encarga de la compra de maquinaria y equipo pesado.

         Recibió una invitación para asistir a un seminario a realizarse en Estados Unidos el cual era patrocinado por una empresa proveedora de RECOPE.

            El exfuncionario alegó en el proceso que su participación en dicho seminario y su viaje fueron de buena fe y que realizó el trámite necesario para asistir a la actividad. Además que como viajaría en tiempo de sus  vacaciones no consideró necesario comunicarlo a su jefe directo,  pero sí lo comunicó a la gerencia del área.

         Expresó que a los pocos meses de haber regresado del viaje se le notificó que estaba bajo investigación debido a que se le imputaba haber asistido al seminario incumpliendo los procedimientos establecidos para esos fines.

         En la sentencia dictada por el juez de primera instancia se declaró la demanda del quejoso parcialmente con lugar, pues se condenó a RECOPE  al pago cesantía equivalente a 17 meses de salario.

         Lo anterior llevo al demandante a apelar el fallo ante  el Tribunal de Trabajo, Sección Cuarta del II Circuito Judicial de San José, al resolver el recurso apelación confirmó  la sentencia dictada por el juez de primera instancia.

Esto hizo el que hombre recurriera a la Sala Segunda de la Corte mediante recurso de casación, confirmando este alto Tribunal los fallos anteriores