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POR UN NUEVO MODELO DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA |
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| En palabras del magistrado, Dr. Oscar González Camacho,
quien coordinó la comisión redactora, “se derriba el viejo edificio del
contencioso administrativo que no satisface las necesidades de justicia
del ciudadano por un régimen de justicia oral, expedita, transparente y
cercana al ciudadano y sobre todo se visibiliza al juez”.
La firma de esta nueva legislación la realizó el entonces Presidente de la República, Dr. Abel Pacheco de la Espriella y su Ministra de Justicia y Gracia, Licda. Patricia Vega Herrera. |
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Como testigos de honor estuvieron presentes el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Luis Paulino Mora Mora, los magistrados Oscar Eduardo González Camacho, Ernesto Jinesta Lobo y el magistrado José Manuel Arroyo Gutiérrez, Presidente de la Sala Tercera quien se refirió a la aprobación de la Ley de Apertura de la Casación Penal, que también recibió la firma definitiva por los jerarcas del Poder Ejecutivo. |
| El acto se realizó el pasado jueves 4 de mayo en el
Salón de Expresidentes de la Corte, en presencia de magistrados y
magistradas de la Sala Primera que resuelve en casación los asuntos en
materia contencioso administrativa, los jueces y juezas de esta
jurisdicción, exdiputados y diputados de la Asamblea Legislativa,
abogados litigantes y funcionarios judiciales.
En su intervención el Dr. Abel Pacheco señaló que deja la administración con la satisfacción de haber apoyado al Poder Judicial en las reformas legales que surgieron en el seno de esta institución. Por su parte el Dr. Mora Mora agradeció el apoyo del Presidente Abel Pacheco y la Vicepresidenta Lineth Saborío Chaverri. En su criterio tanto el nuevo Código Procesal Contencioso Administrativo y la Ley de Apertura de la Casación Penal, son un significativo avance en beneficio del ciudadano; el primero brinda más garantías frente al poder estatal y el segundo flexibiliza el recurso de casación que permite a las personas privadas de libertad acceso efectivo a la justicia en la etapa de revisión de las sentencias. Sobre este aspecto se pronunció el Presidente de la Sala Tercera, magistrado José Manuel Arroyo Gutiérrez, quien afirmó que con esta ley se da cumplimiento una vez más a las exigencias de la sentencia del 2 de julio del 2004 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que resolvió el conflicto entre el periodista Mauricio Herrera Ulloa contra el Estado de Costa Rica. En Dicha sentencia se ordenó a Costa Rica adecuar el recurso de casación de acuerdo a los principios de imparcialidad, objetividad y acceso efectivo a la justicia por lo que la Sala Tercera se dio a la tarea de cumplir con tales exigencias en el menor tiempo posible. Entre las medidas que se establecieron para darle apertura a la interposición de los recursos de casación estas: no rechazar los casos por aspectos formales, la recepción de testigos en las vistas y la designación de magistrados suplentes en recurso de casación en aquellos casos que provienen de un segundo juicio luego de que la Sala Tercera haya resuelto la misma causa y haya ordenado realizar un nuevo debate. Los cambios en esta nueva ley reforman el Código Procesal Penal al incluir disposiciones taxativas para rechazar los recursos y que las causales del recurso de casación lo sean también motivos que autorizan la interposición del recurso de revisión. En relación con el actual proceso contencioso es severamente criticado por la duración y la cantidad de posibilidades para dilatarlo con la interposición de recursos y el conocimiento del caso en tres instancias. La jurisdicción contenciosa administrativa está concentrada en el II Circuito Judicial de San José. La integran el Juzgado Contencioso Administrativo y el Juzgado Civil de Hacienda y Asuntos Sumarios. Las resoluciones en alzada las conoce el Tribunal Contencioso Administrativo y el recurso de casación es competencia de la Sala Primera de la Corte. La nueva propuesta elimina la primera instancia, por lo que el Tribunal Contencioso Administrativo conocerá desde la interposición de la demanda hasta el dictado de la sentencia. Establece las audiencias orales por lo que se estima que la sentencia se podrá emitir en pocos días. El magistrado González señaló que con este modelo se busca la supresión de recursos dilatorios al ser el proceso conocido por un tribunal colegiado. Aclaró que el recurso de casación se flexibiliza y redimensiona en la interposición con el fin de que responda también a la celeridad y tutela efectiva al ciudadano. De esta manera el Tribunal Contencioso tendrá la siguiente conformación: un juez tramitador, jueces decisores y jueces de ejecución. Así mismo establece la posibilidad de conciliar y aplicar mecanismos que aceleren la respuesta jurisdiccional en casos de urgente necesidad e interés público. Tal es el caso de las licitaciones de obra pública y las acciones de responsabilidad por daños y perjuicios contra el Estado. Con la eliminación de la primera instancia desaparece el Juzgado Contencioso Administrativo y el Juzgado Civil de Hacienda y Asuntos Sumarios. Sin embargo ambos juzgados se mantendrán para la tramitación de procesos interdictales, expropiaciones y ejecuciones de sentencia por condenatorias contra el estado emitidas por la Sala Constitucional. Otra de las novedades importantes es la aplicación de medidas que se podrían constituir en una salida alternativa para resolver asuntos urgentes que requieren la paralización del acto administrativo pues los efectos de éste pueden causar un perjuicio mayor al ciudadano. Dichas medidas significarán un mecanismo para reducir el volumen de trabajo de la Sala Constitucional, pues hay casos que deben ser resueltos por jueces ordinarios y no por jueces constitucionales. El proyecto propone la creación de Tribunales Contenciosos en provincia que tendrán bajo su competencia algunas pretensiones en la materia. Estos se ubicarán en centros de población importante, el cual será el criterio a utiliza para decidir donde se ubicarán . Para la redacción de dicho código la Corte Suprema de Justicia integró una comisión redactora coordinada por el magistrado Oscar González Camacho, integrante de la Sala Primera con el apoyo del magistrado Ernesto Jinesta Lobo, integrante de la Sala Constitucional y los abogados litigantes Aldo Milano Sánchez y Manrique Jiménez Meza. Así mismo se contó con la participación de representantes de la Procuraduría General de la República, la Contraloría General de la República y abogados litigantes especialistas en la materia. El texto del documento fue sometido a consulta de catedráticos nacionales e internacionales expertos en Derecho Administrativo. Dicho proyecto fue aprobado por la Asamblea Legislativa y forma parte de un paquete de leyes presentado por la Corte Suprema de Justicia al plenario legislativo, necesarias para agilizar los procesos y dar una respuesta pronta al ciudadano costarricense. |
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