La Pena Privativa de Libertad
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Carlos Eduardo Montenegro Sanabria
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Al hacerse alusión a un tema como la pena privativa de libertad, se
hace necesario, reflexionar sobre el tópico de la libertad.
Evidentemente, este aspecto, es muy amplio y de gran trascendencia en la
vida de todos , - los seres humanos. Por lo que no pretendo hacer un
examen exhaustivo, sino una ligera consideración al respecto. La libertad, cobra sentido, cuando la enfocamos, en relación con una
estructura social determinada. Esto, en otras palabras, es precisamente,
una referencia a su significado humano social. Sobre este sendero
verdaderamente luminoso, nos avocamos a dicha, consideración. Libertad,
esta es indiscutiblemente necesaria para el desarrollo de los otros
derechos de las personas, representa el reconocimiento mismo del
individuo, como un ser con caracterización humana. Es de tal magnitud el
significado, para el ser humano, que restringir un aspecto de ella, como
lo es el libre tránsito, -En el caso de la pena de prisión- genera
consecuencias de todo tipo, tanto para el penado, como para todos los
miembros de su entorno. No hay discusión: Ser libre es connatural a los
seres humanos. Como indicaba, el derecho al libre tránsito es el que se restringe con
la pena de prisión y es la amenaza sobre esto, lo que genera la
prevención general, como un fin de la pena. ¿Cuanta conciencia existe en los individuos, sobre tal restricción al
tesoro de la libertad?, ¿Será que el delincuente no trasciende a tal
reflexión?, ¿Es la sociedad la que se ha encargado de que no se valore
ese derecho?, ¿ Existirá un sistema de valores no comprendido?. Más
preguntas y sus respuestas, pueden haber, lo cierto es que nos
enfrentamos con un problema existencial. Consideramos que debe aprovecharse el espacio del encierro, para buscar
que los privados de libertad, hagan reflexión sobre el sentido universal
de ese derecho, como reafirmación misma de su condición de ser humano,
con significado social. Con la pena de prisión se busca resocializar, por eso se hace necesaria
su justificación, más que para el colectivo, para el sentenciado mismo.
Es decir, que a través, de otra finalidad de la pena, como lo es la
prevención especial, se acompañe técnicamente a las privadas y privados
de libertad para que puedan instrumentalizar un sistema de valores que
le permitan reincorporarse al mundo libre. Es necesario saber
administrar la libertad por lo que se hace imprescindible trabajar con
tenacidad, en la preparación de los y las reclusas en la fase del
egreso, para que aunque parece ironía, aprendan a vivir libres. |