Domingo 18 de diciembre,
2005
San José, Costa Rica.
Un error histórico
Las inmunidades en el ejercicio del poder
son contrarias a la democracia
Luis Paulino Mora Mora
Presidente
de la Corte Suprema de Justicia.
Nuestras democracias no enfrentan ya, en general, crisis derivadas de la confrontación ideológica o de la usurpación militar, como ocurría en los años de la Guerra Fría. El riesgo existe, pero los problemas de base están en fenómenos más antiguos que no hemos podido superar.
Un tema al que le hemos dedicado tiempo y que aún es un problema recurrente, es el de las inmunidades del poder, que por cierto los últimos en defenderlas fueron Franco y Fujimori como estrategia para consolidar sus "sistemas de gobierno."
La idea de someter el Poder sistemáticamente a un juicio en el que cualquier ciudadano pueda exigirle cuentas de su actuar frente al Derecho, es precisamente uno de los grandes dogmas revolucionarios que sustentan el estado de derecho. Desde Platón que sostenía que el conocimiento de las verdades de la política debe estar reservado al selecto club de los reyes, de los aristócratas, del gobernante que está por encima de la plebe, hasta John Rawls, dos mil años después, con exactamente la idea contraria, de que los políticos y gobernantes están obligados a razonar públicamente sus acciones y decisiones para rendir cuentas a los gobernados, hemos caminado muchos siglos para entender que quien esconde y oculta, difícilmente ostenta o representa intereses legítimos.
Poder en público. El filósofo italiano Norberto Bobbio prefería entre todas las nociones de democracia aquella que la presenta como "el ejercicio del poder en público" para referirse a todos aquellos mecanismos institucionales que obligan a los gobernantes a tomar decisiones a la luz del día y a los gobernados a "ver" cómo y dónde se toman dichas decisiones. Gobernar en público supone hacer que el poder sea controlable por la mirada de los ciudadanos, y esto en el estado moderno no se puede lograr sin el control judicial de los actos de gobierno en general, para asegurarse que estén sometidos al derecho. En una democracia sólida, nadie, ni siquiera el Parlamento, está por encima de la Constitución y la ley; por el contrario, todo el poder constituido y en especial el poder político, tiene que tener un contrapeso de su accionar; la historia tiene abundantes razones para justificar la creación de estos frenos y contrapesos.
Pretender que ciertos actos del ejercicio del poder estén exentos de control jurisdiccional, incluyendo el ejercicio del control político, no es más que un resabio de ideologías superadas y contrarias a los intereses democráticos, más bien basados en principios de transparencia, control del ejercicio del poder y rendición de cuentas.
En virtud de haber sido corredactor de la reforma a la jurisdicción constitucional de 1989 -lo que me da legitimidad para defender la idea inicial de la jurisdicción de la libertad-, quiero manifestar mi oposición a la propuesta de reforma al artículo 48 de la Constitución Política que se produjo en la Comisión Legislativa nombrada para pronunciarse respecto de una reforma planteada por la Sala Constitucional. Estimo que la Comisión dictamina en mayoría y minoría un ornitorrinco jurídico cuyo fin principal es crear zonas de inmunidad nuevamente en nuestro país al excluir el control político de su contrapeso jurisdiccional; mensaje por cierto contrario, al discurso de transparencia que esta Asamblea Legislativa ha venido tratando de hacer calar en la función pública.
La virtud, el espíritu público y la inteligencia de los ciudadanos crean las repúblicas; el poder sin controles, el secretismo y las inmunidades, se traen abajo las democracias.