
UN CÓDIGO DE
TRABAJO REMOZADOEl pasado 26 de agosto se cumplieron 62 años de la promulgación del Código de Trabajo, instrumento legal que ha contribuido en gran parte a mantener la paz social y laboral del país.
Fue celebrado en forma muy especial con la entrega, por parte de la Corte Suprema de Justicia al Presidente de la República, del Proyecto de Reforma Procesal Laboral que contempla sustanciales cambios en los procedimientos para tramitar los conflictos en los Tribunales de Trabajo.
El Dr. Abel Pacheco al recibir el proyecto de manos del Dr. Luis Paulino Mora, presidente de la Corte Suprema de Justicia, rememoró la unión de esfuerzos realizada por el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, en 1943, con don Manuel Mora Valverde y Monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez, con el propósito de dotar al país de los elementos jurídicos necesarios para dirimir los conflictos que se presentan en las relaciones obrero patronales.
Este Código fue concebido con el propósito de hacer justicia a patronos y trabajadores, sin perder de vista que ambas partes son colaboradoras en la importante tarea de desarrollar la riqueza nacional, para bien de todos los habitantes del país.
Seis décadas de vigencia del Código de Trabajo han demostrado la actitud visionaria de quienes lucharon por su aprobación en la Asamblea Legislativa. Sin embargo, en este momento es evidente la necesidad de introducir estructuras procesales más sencillas y acordes con los requerimientos de la sociedad costarricense actual.
Es la misma Corte Suprema de Justicia la que ha dado el paso adelante en el logro de esos cambios, organizando actividades con la participación de magistrados titulares y suplentes de la Sala Segunda de dicha Corte, jueces de trabajo, profesionales en derecho laboral, funcionarios del Ministerio de Trabajo y representantes de cámaras patronales y del sector sindical. Lo anterior con el fin de elaborar una propuesta de reforma construida con una intervención efectiva de las partes sociales, que pueda servir como una herramienta eficaz en la solución de los diferentes conflictos del mundo laboral.
Ha existido unión de criterios entre las partes mencionadas anteriormente, en cuanto al deseo de poder continuar con una coexistencia pacífica de los distintos factores de la producción, en la cual no pueden faltar instrumentos de tutela de los derechos de los trabajadores y de los empleadores, como una base necesaria para un adecuado desarrollo humano.
*Ministro de Trabajo y Seguridad Social.