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Los procesos de cobro judicial, por
ejemplo llevados a cabo por entidades emisoras de tarjetas de crédito que
cobran intereses por encima de la tasa de usura, han sido un dolor de cabeza
para el Poder Judicial. (Foto: Miriet Ábrego)
Poder Judicial baja la cantidad de casos de cobro judicial pendientes
del 63,1% al 54,1%
Por Vinicio Chacón | vinicio.chacon@ucr.ac.cr
6 marzo, 2023
Proyecto de ley que facultaría a
notarios a llevar a cabo procesos de cobro para reducir mora judicial es visto
positivamente, pero con cautela.
Este mañana durante
la sesión de Corte Plena, la magistrada vicepresidenta Damaris Vargas Vásquez
ofreció datos según lo cuales se ha logrado reducir el peso que los casos de
cobro judicial tienen en el total del circulante -o casos pendientes- que tiene
el Poder Judicial.
De acuerdo con datos
que ofreció, a febrero de este año el circulante nacional es de 1.495.045 expedientes,
de los cuales 807.451 son de cobro judicial, un 54,1%.
La Magistrada destacó
que ese dato es “muy importante, porque el año anterior hablábamos de 63,1%,
estamos mejorando”.
854.083 casos de cobro judicial
desbordan y retrasan la administración de justicia
Casos prácticamente
se duplicaron en cinco años y se convirtieron en los grandes protagonistas de
la mora judicial: representaron un 63% de los expedientes activos en el 2021.
Vargas Vásquez
ofreció esas cifras durante el debate que se dio luego de que la magistrada Ana
Isabel Vargas ofreciera un informe sobre un proyecto de ley que pretende
facultar a las personas notarias públicas para que ejecuten cobros judiciales.
La iniciativa
pretende precisamente aliviar la carga que llevan los juzgados de cobro, una
materia que ya por décadas ha sido el principal escoyo al atacar ese circulante
total del Poder Judicial.
El análisis del
proyecto correspondió a la magistrada Ana Isabel Vargas Vargas, quien si bien
observó lo positivo en términos generales que ofrece el proyecto, también
señaló problemas de la iniciativa, como que asigna a los notarios “resolver la
oposición y defensas planteadas por el deudor y los fiadores”, al tiempo que
establece para los juzgados de cobro la nueva función de resolver cualquier
apelación que sea planteada en contra de lo resuelto por el notario.
Ante preguntas de la
magistrada Patricia Solano, Vargas Vargas destacó que la función que realizan
los notarios es administrativa, pero terminaría por llegar a sede judicial en
caso de que haya apelación. Añadió que esos juzgados se supone que son de
primera instancia, pero de aprobarse el proyecto tal como está “los convierte
en alzada, como si fuera segunda instancia”, lo cual “requiere reestructuración
interna en los juzgados, que implica presupuesto y una serie de
modificaciones”.
La propuesta de
Vargas Vargas concluyó que el proyecto en efecto afecta la organización y
funcionamiento del Poder Judicial, la cual fue acogida por 18 votos a favor,
uno en contra y una abstención. La comunicación que se enviará a la Asamblea
Legislativa informará que el proyecto es visto con buenos ojos pues en efecto
ataca la mora judicial, pero que requiere las mejoras señaladas.