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Rodrigo Campos, Director Jurídico del
Poder Judicial.
CIDH: Reforma que limita reelección de magistraturas debilita
independencia judicial
Por Lucía Molina | lucymolina07@gmail.com
23 enero, 2023
La Dirección Jurídica del Poder
Judicial se refirió a la advertencia que la CIDH hace sobre reformas como la
que discute la Asamblea y que podría obligar a las personas magistradas a
complacer a los otros poderes en sus decisiones para mantener su cargo
La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advirtió que someter a las personas
magistradas a una reelección, como se discute actualmente en asamblea, debilita
su independencia a la hora de tomar decisiones en el cargo y es contraria a los
estándares internacionales.
“La Comisión ha
observado como un factor de fragilidad en la independencia de jueces y
magistrados, la posibilidad jurídica de ser sujetos a una confirmación
posterior para permanecer en el cargo, o bien, de ser reelectos” dice el órgano
en el informe Garantías para la independencia de las y los operadores de
justicia del 2013.
El día de hoy la
Dirección Jurídica del Poder Judicial hizo referencia al criterio de la CIDH y
otras posturas de órganos internacionales a lo largo de la historia en el que
se recomienda la estabilidad de los cargos de las personas magistradas para
evitar que se sientan obligados a complacer a los otros poderes para mantenerse
en su cargo.
Actualmente se
discute en el plenario una reforma constitucional para limitar la reelección de
las magistraturas, bajo el expediente 21.612, una iniciativa que fue impulsada
por el diputado Eric Rodríguez Steller durante la pasada administración.
“El diseño del 49 fue
un blindaje (a la independencia judicial) la duda es si ese blindaje se
mantendrá con la propuesta de reforma constitucional o se debilitará. En
nuestro criterio se debilita ampliamente” comentó Rodrigo Campos, Director
Jurídico del Poder Judicial.
Agregó: “No es que
las personas magistradas son inamovibles, hay un mecanismo para que por mayoría
calificada se determine su no reelección”.
En Costa Rica el
modelo de elección de magistrados y magistradas establece cargos por periodos
de 8 años que requieren el voto de almenas 2/3 partes del plenario, sin límite
de reelección y que se prorroga automáticamente a menos de sea solicitado no
otorgar la prórroga por 2/3 del plenario.
“Lo que se puede
concluir (del modelo) es que hay una determinación en esta forma de votación de
una visión de Estado de Derecho que busca ralentizar la posibilidad de
injerencia entre poderes, no se puede llegar a un riesgo cero, pero si busca
ralentizar el riesgo” dijo Campos.
El modelo también
obliga al plenario a llegar a amplios consensos, “una voluntad razonable y
compartida” para no otorgar la prórroga. En caso de que no se da la prórroga o
que se recurra a otros mecanismo para la destitución de la persona “es porque
sucedió algo”. De esta manera, agregó, se blindó al Poder judicial en 1949 de
las “situaciones políticas de los años 40”.
La coordinadora del
informe Etsado de la Justicia, Evelyn Villareal, expuso ante la Asamblea el pasado 16 de enero sus conclusiones, las
cuales coinciden con lo expuesto por la Dirección Jurídica del Poder
Judicial.
Mientras que los
cinco sindicatos del Poder Judicial advirtieron de forma unánime que el
proyecto no resolverá los problemas que justificaron su presentación, sin
embargo, recomendaron eliminar la reelección de magistrados y en su lugar
ampliar el periodo de nombramiento a 9 o 10 años.