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Rodrigo Campos, Director Jurídico del Poder Judicial.

País

CIDH: Reforma que limita reelección de magistraturas debilita independencia judicial

 Por Lucía Molina | lucymolina07@gmail.com

 23 enero, 2023

La Dirección Jurídica del Poder Judicial se refirió a la advertencia que la CIDH hace sobre reformas como la que discute la Asamblea y que podría obligar a las personas magistradas a complacer a los otros poderes en sus decisiones para mantener su cargo

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advirtió que someter a las personas magistradas a una reelección, como se discute actualmente en asamblea, debilita su independencia a la hora de tomar decisiones en el cargo y es contraria a los estándares internacionales.

“La Comisión ha observado como un factor de fragilidad en la independencia de jueces y magistrados, la posibilidad jurídica de ser sujetos a una confirmación posterior para permanecer en el cargo, o bien, de ser reelectos” dice el órgano en el informe Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia del 2013.

El día de hoy la Dirección Jurídica del Poder Judicial hizo referencia al criterio de la CIDH y otras posturas de órganos internacionales a lo largo de la historia en el que se recomienda la estabilidad de los cargos de las personas magistradas para evitar que se sientan obligados a complacer a los otros poderes para mantenerse en su cargo.

Actualmente se discute en el plenario una reforma constitucional para limitar la reelección de las magistraturas, bajo el expediente 21.612, una iniciativa que fue impulsada por el diputado Eric Rodríguez Steller durante la pasada administración.

“El diseño del 49 fue un blindaje (a la independencia judicial) la duda es si ese blindaje se mantendrá con la propuesta de reforma constitucional o se debilitará. En nuestro criterio se debilita ampliamente” comentó Rodrigo Campos, Director Jurídico del Poder Judicial.

Agregó: “No es que las personas magistradas son inamovibles, hay un mecanismo para que por mayoría calificada se determine su no reelección”.

En Costa Rica el modelo de elección de magistrados y magistradas establece cargos por periodos de 8 años que requieren el voto de almenas 2/3 partes del plenario, sin límite de reelección y que se prorroga automáticamente a menos de sea solicitado no otorgar la prórroga por 2/3 del plenario.

“Lo que se puede concluir (del modelo) es que hay una determinación en esta forma de votación de una visión de Estado de Derecho que busca ralentizar la posibilidad de injerencia entre poderes, no se puede llegar a un riesgo cero, pero si busca ralentizar el riesgo” dijo Campos.

El modelo también obliga al plenario a llegar a amplios consensos, “una voluntad razonable y compartida” para no otorgar la prórroga. En caso de que no se da la prórroga o que se recurra a otros mecanismo para la destitución de la persona “es porque sucedió algo”. De esta manera, agregó, se blindó al Poder judicial en 1949 de las “situaciones políticas de los años 40”.

La coordinadora del informe Etsado de la Justicia, Evelyn Villareal, expuso ante la Asamblea el pasado 16 de enero sus conclusiones, las cuales coinciden con lo expuesto por la Dirección Jurídica del Poder Judicial. 

Mientras que los cinco sindicatos del Poder Judicial advirtieron de forma unánime que el proyecto no resolverá los problemas que justificaron su presentación, sin embargo, recomendaron eliminar la reelección de magistrados y en su lugar ampliar el periodo de nombramiento a 9 o 10 años.