Diputados avalan estudiar reforma para quitar inmunidad
a presidente, diputados y magistrados
En votación unánime,
se acogió para su estudio una reforma al artículo 110 de la Constitución, que
permite quitar el fuero a los miembros de supremos poderes investigados por
corrupción
Por Aarón Sequeira5
de octubre 2022, 5:24 PM
Los
diputados admitieron, este miércoles en el plenario de la Asamblea Legislativa,
que se estudie una reforma al artículo 110 de la Constitución Política para que
los miembros de los supremos poderes de la República pierdan la inmunidad
cuando son investigados por presunta corrupción.
La
decisión se tomó luego de haber hecho tres lecturas de la reforma, en un plazo
de varias semanas, tal como lo establece el procedimiento para hacer
modificaciones parciales a la Carta Magna.
La
decisión para admitir que el expediente legislativo 21.571 siga adelante contó
con el voto afirmativo de 42 diputados, mientras que dos liberacionistas
votaron en contra de que avance: Katherine Moreira y Danny Vargas.
Si
el plan es aprobado, se eliminaría el fuero total que tienen actualmente los
miembros de los supremos poderes, como el presidente de la República, los
vicepresidentes, los ministros, los congresistas y los magistrados de la Corte
Suprema de Justicia.
La
reforma constitucional establecería que la inmunidad no surte efecto si un
miembro de un supremo poder es investigado por los delitos tipificados en la
Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito, así como los delitos
contra los deberes de la función pública tipificados en el Código Penal.
Así
lo propusieron los congresistas del periodo anterior José María Villalta, del
Frente Amplio; Wálter Muñoz y Patricia Villegas, del Partido Integración
Nacional (PIN); y Eduardo Cruickshank, del Partido Restauración Nacional (PRN).
El
plan también fue suscrito por Víctor Morales, Laura Guido, Nielsen Pérez, Luis
Ramón Carranza, Enrique Sánchez y Catalina Montero, del Partido Acción
Ciudadana (PAC), y los independientes Dragos Dolanescu y Paola Vega.
Actualmente,
el artículo 110 establece que un diputado no es responsable por las opiniones
que emita en la Asamblea Legislativa y no podrá ser arrestado por causa civil,
salvo que el Congreso lo autorice o el diputado lo consienta.
Además,
ese numeral indica que el legislador no podrá ser privado de libertad por
motivo penal, sino cuando haya sido suspendido por la Asamblea, y establece
como excepción que se trate de un delito en flagrancia o cuando el congresista
renuncie al fuero. En el artículo 143, se establece que a los ministros se les
aplica esa misma regla.
La
extensión de esa inmunidad alcanza al presidente de la República, los
vicepresidentes y magistrados, por cuanto es potestad de la Asamblea admitir o
no las acusaciones que se presenten contra ellos y declarar si hay lugar o no
para formación de causa judicial, así como decretar su suspensión, cuando se
deba proceder contra ellos por delitos comunes.
De
igual forma, dicho beneficio es aplicable en la actualidad a los jerarcas de la
Contraloría General de la República, según lo que establece el artículo 183
constitucional, el cual indica que el contralor y el subcontralor gozarán de
las inmunidades y prerrogativas de los miembros de los supremos poderes.
Sin
embargo, el proyecto en trámite incluye párrafos que literalmente establecen un
límite a ese fuero de inmunidad, el cual muchas veces impide que avance una
causa judicial contra diputados, magistrados y otros.
Los diputados avanzaron con una reforma constitucional para
impedir que la inmunidad cubra a miembros de supremos poderes en casos de
supuesta corrupción. Foto: (Rafael Pacheco Granados)