![]()
Sentencia sobre empleo público está pendiente por
redacción de voto salvado
Llegada de
opinión consultiva es fundamental para
aprobación final en plenario y publicación de la reforma legal
Por Aarón Sequeira2 de marzo
2022, 10:06 AM
Aunque la Sala Constitucional determinó, desde el pasado 8 de febrero,
que el plan de empleo público no contiene vicios de fondo ni de forma que
contravengan la Carta Magna, todavía no ha enviado el fallo a la Asamblea
Legislativa, lo que impide continuar con el segundo debate.
Casi un mes desde que los magistrados emitieron su opinión consultiva,
en respuesta a consultas de legisladores y de la Corte Suprema de Justicia, la
resolución no está completa y todavía se encuentra en proceso de redacción.
La oficina de prensa de la Sala IV respondió, ante pregunta de La
Nación, que los magistrados están haciendo todo lo posible por remitir con
la mayor celeridad la opinión consultiva integral n.º 202202872.
Lo que está pendiente es la redacción final del voto salvado de la
magistrada Anamari Garro Vargas, quien fue una de las dos juezas que
consideraron que sí hay artículos inconstitucionales en el expediente
legislativo 21.336.
La redacción integral de la opinión consultiva es fundamental para
proceder con la votación final, en segundo debate, del proyecto de ley, y
enviarlo a la Presidencia de la República para que el mandatario Carlos
Alvarado lo firme y se publique en el diario oficial La Gaceta.
Dicho plan forma parte del acuerdo de ajuste fiscal del Gobierno de
Costa Rica con el Fondo Monetario Internacional (FMI), cuyo objetivo es atenuar
el déficit en las finanzas públicas.
Entre sus principales propuestas, el plan de empleo público crearía el
esquema de salario global en todo el sector público, en lugar del
sistema de pluses, además de poner límites a la negociación de las convenciones
colectivas.
En su fallo, los magistrados declararon que las consultas planteadas por
la Corte Plena y por un grupo de 20 congresistas son inevacuables. Sí respondieron la gestión
hecha por un grupo de 13 legisladores que pedían declarar inconstitucional la
votación del proyecto en primer debate, que se dio el 7 de diciembre,
cuando fue aprobado el expediente por 36 diputados, con ocho
votos en contra.
El argumento de los 13 congresistas era que el proyecto no se podía
aprobar porque el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se opuso y porque, seis
meses antes y cuatro después de las elecciones nacionales, la Asamblea no puede
tramitar proyectos de materia electoral que el TSE objete.
Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que el plan sobre empleo
público no afecta, de forma sustancial, las funciones del Tribuna Electoral.
También, negaron los magistrados de la Sala IV que se haya violentado el
principio de publicidad en el trámite de mociones del proyecto, en la Comisión
de Consultas de Constitucionalidad del Congreso, tal como alegaban los
opositores del expediente.

La magistrada constitucional Anamari Garro está
redactando su voto salvado sobre el plan de empleo público. Foto: Jorge
Castillo (Jorge Castillo)