Sala IV ordena a autoridades de La Reforma agilizar
entrega de recursos de amparo de privados de libertad
Centro penal
duró un mes en remitir a Sala Constitucional un recurso presentado por un reo
Por Yeryis
Salas10 de febrero 2022, 3:37 PM
La Sala Constitucional ordenó al Centro de Atención Integral (CAI) Jorge
Arturo Montero, conocido como La Reforma, agilizar el proceso para remitir
recursos de amparo que presenten los privados de libertad.
Los magistrados detectaron que el centro penal duró un mes en enviar a
la Sala un recurso de amparo interpuesto por un preso porque no le entregaban
la cédula, lo que había atrasado sus estudios dentro de la cárcel por al menos
tres años. Inicialmente, el Tribunal debía analizar el retraso en la entrega de
la cédula; no obstante, cuando el recurso llegó a la Sala, el hombre ya había
recibido el documento de identidad.
La Sala determinó que el privado de libertad había redactado el recurso
el 5 de noviembre del 2021, 12 días después la cédula le fue entregada, y hasta
el 6 de diciembre el recurso fue remitido al Tribunal Constitucional.
Centro Penitenciario La Reforma Los derechos fundamentales del privado de libertad
se vieron lesionados por la retención de su recurso de amparo. Foto: Carlos
González. (Carlos González Carballo)
“En principio esta Sala debería desestimar el presente recurso; sin
embargo, resulta de importancia recordarles a las autoridades penitenciarias
recurridas que el recurso de amparo, es también un derecho fundamental, de
conformidad con el artículo 48 de la Constitución Política, el cual
indiscutiblemente se ha visto lesionado por el actuar de las autoridades del
CAI Jorge Arturo Montero Castro”, señala el fallo.
En el por tanto de la sentencia, los magistrados ordenan a la
directora a. i. de esta cárcel, Jenny Chacón, que “dentro del
plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la presente sentencia,
implementen un protocolo de recepción, archivo y remisión de los recursos de
amparo o habeas corpus que les entreguen los privados de
libertad, para garantizar la tutela judicial efectiva y que se le entregue al
privado de libertad un documento idóneo, que permita demostrar la interposición
de su gestión”.
Esta orden se dio en la resolución Nº 01097-2022 del 14 de enero de este
año. Una vez elaborado el protocolo, el centro penal deberá comunicarlo a la
población carcelaria.
En caso de incumplir con estas órdenes, la autoridad recurrida se expone
a una pena de tres meses a dos años de prisión, o de veinte a sesenta días
multa.
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