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Política

Supremos poderes pretenden reforzar ley para incautar bienes no justificados

El objetivo es tener más herramientas para combatir el crimen organizado

Por Juan Diego Córdoba González30 de diciembre 2021, 8:52 PM

Los jerarcas de los supremos poderes enviaron a la Asamblea Legislativa una propuesta para reforzar la ley que permite la incautación de bienes no justificados o de origen dudoso en Costa Rica.

Entre estos se encuentran viviendas, propiedades, vehículos o productos financieros que no tienen un origen razonable y que podrían estar ligados a actividades ilícitas como narcotráfico, corrupción o lavado de capitales.

Se trata de una reforma a la Ley Contra la Delincuencia Organizada que plantea cinco cambios con el propósito, según los supremos poderes, de tener más herramientas para combatir el crimen organizado.

La propuesta permitiría al Ministerio Público solicitar provisionalmente y de forma anticipada el secuestro o la verificación de bienes y productos financieros de interés.

Para ello deberá contar con la autorización del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda en los casos que se requiera. La Fiscalía tendrá un mes de tiempo para presentar la denuncia respectiva, contado a partir de la orden del juez.

En caso de que el Ministerio Público no presente la diligencia judicial en el plazo establecido, el juez ordenará el cese de la medida anticipada adoptada provisionalmente contra los bienes investigados, es decir, sus dueños retomarán el poder de sus pertenencias.

¿Qué pasa con los bienes incautados a organizaciones criminales? ]

Por el contrario, como se establece en la legislación actual, las personas o empresas que no puedan justificar su patrimonio o los incrementos emergentes, serán condenadas a la pérdida del patrimonio dudoso, las multas y las costas de la investigación, sin perjuicio del proceso penal.

Actualmente esos bienes o productos financieros sujetos a una acción de incremento de capital sin causa lícita aparente son entregados al Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD). La reforma precisa que para esa transferencia únicamente se requiere la anotación registral, al tiempo que establece la obligación del juzgado de notificar al Instituto cuando eso suceda.

Los jerarcas de los supremos poderes justificaron la necesidad de esta reforma, en la exposición de motivos del proyecto, debido a la alta incidencia de criminalidad en el país, así como el crecimiento de patrimonios con orígenes sospechosos.

“Los excelentes resultados obtenidos en los asuntos resueltos hasta el momento, de cara a la notoria existencia y el exponencial crecimiento de patrimonios particulares en condiciones altamente sospechosas, y una criminalidad que se desborda en todos los niveles sociales, se hace justo y oportuno que, 11 años después de haber entrado en vigor la figura del incremento patrimonial sin causa lícita aparente, se realicen ajustes legislativos que permitan consolidar, asegurar y garantizar su aplicación, bajo una visión de competencias tanto jurisdiccionales como operativas”, señala el proyecto.

Del archivo: ICD pone a la venta casa del Palidejo y otras dos decomisadas por narcotráfico ]

En Costa Rica la persecución de patrimonios de dudosa procedencia se realiza de forma autónoma a la persecución penal de las personas presuntamente involucradas en actividades ilícitas. La Jurisdicción Contenciosa Administrativa es la encargada de resolver lo relacionado con bienes no justificados.

Notificaciones judiciales

El proyecto de ley impulsado por los supremos poderes también establece nuevos mecanismos para notificar denuncias por aumentos de patrimonio no justificado.

Por ejemplo, un juez podría notificar a la parte denunciada a través de un correo electrónico que esa empresa o persona aportó para cualquier otro proceso judicial. También podrá recurrir al domicilio social, real o registral de las personas jurídicas, indicadas en la personería de la organización.

“La autoridad jurisdiccional que conoce de la denuncia podrá ordenar al personal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) dar asistencia a la Oficina de Notificaciones, cuando la diligencia represente un riesgo para la seguridad del notificador, o la persona a notificar evidencie dificultades o conductas evasivas para ser notificado.

“De ser necesario y estar debidamente justificado, la autoridad jurisdiccional también podrá ordenar al OIJ la detención y presentación de la persona a notificar para realizar la diligencia en estrados”, señala la iniciativa.

Asimismo se incorporan todos aquellos medios establecidos en la Ley de Notificaciones Judiciales.

Entre las otras propuestas impulsadas por los supremos poderes se encuentra una iniciativa para agilizar el uso de la figura del ‘testigo de la corona’ en casos de corrupción, narcotráfico y lavado de capitales.

El testigo de la corona es el mecanismo que permite a implicados en supuestos delitos negociar su inmunidad procesal, o una rebaja en su pena, a cambio de ofrecer pruebas que permitan incriminar a otros partícipes en el hecho investigado.

Asimismo, otra propuesta permitiría usar como prueba las escuchas telefónicas, previamente ordenadas por un juez, para sancionar en las instituciones públicas a empleados públicos corruptos.

También, los jerarcas abogaron por regular el mercado de las transacciones de activos digitales, como el bitcóin, para evitar la legitimación de capitales y el financiamiento al crimen organizado a través de esos intercambios que carecen de trazabilidad.

También acordaron impulsar una reforma al sistema de financiamiento de partidos políticos que, entre otras cosas, introduce el retiro anticipado del 50% de los fondos de deuda política para financiar las campañas electorales municipales. Actualmente no existe esa figura.

Una casa en construcción

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La casa de Alejandro Jiménez González, alias Palidejo, señalado por presunta legitimación de capitales, es uno de los bienes que el Estado ha tenido en custodia. (albert marin)