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Sucesos

Corte rechaza existencia de contabilidad paralela

Apelan informe de Contraloría

Edificio con letrero en frente y tienda al lado

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En el Poder Judicial aseguran que sus finanzas son transparentes

El Poder Judicial presentó una apelación del informe de la Contraloría General de la República (CGR) sobre la implementación de las normas NICSP y rechazaron categóricamente la existencia de una contabilidad paralela.

Se trata del informe número DFOE-GOB-IF-00009-2021, para el cual presentaron recursos de revocatoria y apelación, como lo estipula la ley.

“Sobre el particular se aclara que este Poder de la República, como parte de sus obligaciones, recibe depósitos de terceros, es decir, personas físicas o jurídicas que son parte en los procesos judiciales, que se constituyen en sumas de dinero que se consignan dentro de estos procesos. Todo depósito debe indicar la información referente al expediente: el número único, el monto, los números de cédulas y los nombres de las partes, así como el concepto del depósito”, explicaron en el Poder Judicial.

Y añadieron que, si bien los dineros se depositan, el Poder Judicial no es el titular de los recursos, pues corresponden al depositante o persona en favor de quien se hace el respectivo depósito.

Es decir, la custodia de los recursos se revela en los estados financieros del Poder Judicial mediante notas, pues se administran con medidas rigurosas de control y conciliación, pero no son recursos de la institución.

“En consecuencia, no es de recibo que en el informe del Órgano Contralor se indique la ‘Existencia de transacciones financieras no registradas en la contabilidad del Poder Judicial, por la suma de ¢445 mil millones’, ya que por su naturaleza corresponden a recursos vinculados a transacciones que realizan los Juzgados y Tribunales distribuidos en el país”, indicaron.

Acotan que no comparten que las personas fiscalizadoras de la CGR indicaran que se da un uso improcedente de la contabilidad independiente denominada Contaduría Judicial Cuenta 20192-8, esto en vista de que los registros de esta cuenta están publicados en el sitio web.

“En cuanto al no registro de la Cuenta por pagar relativa a las vacaciones a favor de las personas servidoras y otros hallazgos, se debe aclarar que el Equipo de Trabajo Institucional de implementación de las NICSP 2018 ha venido analizando el tema, sin embargo, resulta importante recordar que, conforme la Ley N° 9635 Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y las directrices emitidas por parte de la Dirección General de la Contabilidad Nacional, nos encontramos en la etapa de transición, ya que las nuevas NICSP 2018 entran en vigor hasta diciembre de 2023; por lo que se cuenta con plazo para su implementación”, aseguraron en el Poder Judicial.

Recalcaron que, anualmente, se someten a un auditoraje externo por parte de un despacho de contadores públicos y obtienen opiniones limpias.

PERIODISTA: Sharon Cascante Lizano

 

CRÉDITOS: Foto: Archivo

 

EMAIL: sharon.cascante@diarioextra.com

 

Martes 14 Diciembre, 2021

 

HORA: 12:00 AM