Sucesos
Corte rechaza existencia de contabilidad paralela
Apelan
informe de Contraloría
En el Poder
Judicial aseguran que sus finanzas son transparentes
El Poder
Judicial presentó una apelación del informe de la Contraloría General de la República
(CGR) sobre la implementación de las normas NICSP y rechazaron categóricamente
la existencia de una contabilidad paralela.
Se trata del
informe número DFOE-GOB-IF-00009-2021, para el cual presentaron recursos de
revocatoria y apelación, como lo estipula la ley.
“Sobre el
particular se aclara que este Poder de la República, como parte de sus
obligaciones, recibe depósitos de terceros, es decir, personas físicas o
jurídicas que son parte en los procesos judiciales, que se constituyen en sumas
de dinero que se consignan dentro de estos procesos. Todo depósito debe
indicar la información referente al expediente: el número único, el monto, los
números de cédulas y los nombres de las partes, así como el concepto del
depósito”, explicaron en el Poder Judicial.
Y añadieron
que, si bien los dineros se depositan, el Poder Judicial no es el titular de
los recursos, pues corresponden al depositante o persona en favor de quien se
hace el respectivo depósito.
Es decir, la
custodia de los recursos se revela en los estados financieros del Poder
Judicial mediante notas, pues se administran con medidas rigurosas de control y
conciliación, pero no son recursos de la institución.
“En
consecuencia, no es de recibo que en el informe del Órgano Contralor se indique
la ‘Existencia de transacciones financieras no registradas en la contabilidad
del Poder Judicial, por la suma de ¢445 mil millones’, ya que por su naturaleza
corresponden a recursos vinculados a transacciones que realizan los Juzgados y
Tribunales distribuidos en el país”, indicaron.
Acotan que no
comparten que las personas fiscalizadoras de la CGR indicaran que se da un uso
improcedente de la contabilidad independiente denominada Contaduría Judicial
Cuenta 20192-8, esto en vista de que los registros de esta cuenta están
publicados en el sitio web.
“En cuanto al
no registro de la Cuenta por pagar relativa a las vacaciones a favor de las
personas servidoras y otros hallazgos, se debe aclarar que el Equipo de Trabajo
Institucional de implementación de las NICSP 2018 ha venido analizando el tema,
sin embargo, resulta importante recordar que, conforme la Ley N° 9635 Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y las directrices emitidas por parte
de la Dirección General de la Contabilidad Nacional, nos encontramos en la
etapa de transición, ya que las nuevas NICSP 2018 entran en vigor hasta
diciembre de 2023; por lo que se cuenta con plazo para su implementación”,
aseguraron en el Poder Judicial.
Recalcaron
que, anualmente, se someten a un auditoraje externo por parte de un despacho de
contadores públicos y obtienen opiniones limpias.
PERIODISTA: Sharon
Cascante Lizano
CRÉDITOS: Foto: Archivo
EMAIL: sharon.cascante@diarioextra.com
Martes 14 Diciembre, 2021
HORA: 12:00 AM