Sábado 04 de junio, 2005
San José, Costa Rica.
Son 81 personas
Conassif adversa fallo a favor de ahorrantes del Banco Federado
Tribunal condenó al Banco Central a pagar
$2,5 millones a demandantes
Presidente de ese órgano dijo que se confunde garantía con
supervisión
Patricia Leitón
pleiton@nacion.com
El presidente del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), Luis Diego Vargas, adversó ayer el fallo que condenó al Banco Central a pagar $2,5 millones (cerca de ¢1.000 millones) a los
|
El Banco Federado pertenecía al grupo Fedecrédito, el cual también cubría a Coovivienda, que registró problemas de liquidez en 1997. |
ahorrantes del antiguo Banco Federado.
La resolución "genera la inconveniente confusión de equiparar la supervisión bancaria con una garantía de los depósitos de los ahorrantes de los bancos privados, con cargo al patrimonio del Banco Central", dijo Vargas.
El Consejo es la cabeza de las tres superintendencias: la de entidades financieras (SUGEF), la de valores (Sugeval) y la de pensiones (SUPEN).
La sentencia. El 27 de mayo pasado el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda condenó al Banco Central a pagar $2,5 millones, más los intereses legales desde el 2 de setiembre del 1998, a los acreedores del extinto Banco Federado.
El Tribunal argumentó que el Banco Central emitió en forma tardía reglamentos para la supervisión auxiliar que ejercía el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI).
La Ley Orgánica del Banco Central, de 1995, es la que establece en su artículo 90 que el BANHVI debe actuar como ente supervisor auxiliar de la Superintendencia.
La denuncia la presentaron los abogados Luis Ortiz y Enrique Rojas, en representación de 81 inversionistas del Federado.
Ortiz explicó ayer que con la sentencia los 81 ahorrantes recibirán la diferencia entre lo que tenían depositado en el banco y lo que recibieron tras su quiebra, más los intereses sobre el monto no devuelto desde el 2 de setiembre de 1998.
Para Vargas, la sentencia implica que el Estado "deba eventualmente responder en forma objetiva por pérdidas sufridas por inversionistas, sin tomar en cuenta las responsabilidades y condenas penales que existen contra las entidades involucradas en la quiebra".
"Esa ha sido la defensa de siempre de Conassif y SUGEF, nunca hemos pretendido que Conassif y SUGEF sean aseguradoras. Si una debacle financiera se da por un caso fortuito, es obvio que ellos no responden, pero este caso fue diferente", opinó Ortiz sobre los cuestionamientos de Vargas.
¿Precedente? Jorge Monge, presidente de la Asociación Bancaria Costarricense, también mostró preocupación.
"Es un fallo de mucha importancia que puede sentar un precedente que afecte casos similares que se han dado posteriores a la quiebra del Federado", comentó.
Después del Federado, la Superintendencia General intervino el Banco Cooperativo, el Solidario, Bantec y Elca.
En América Latina, añadió Monge, los supervisores se están quejando de no contar con un marco legal que los proteja contra demandas, tanto institucionales como personales.
Bernardo Alfaro, quien fue superintendente general de entidades financieras de 1999 al 2003, opinó que la sentencia no se podría utilizar como argumento para otros casos pues la situación del Federado fue muy particular.
Advirtió que no conocía el documento, pero comentó que el problema del Federado surgió porque no se habían delimitado las responsabilidades entre la Superintendencia y el BANHVI y difícilmente se podría repetir una situación así.
El Banco Central y la SUGEF no han sido notificados, confirmó la oficina de prensa de la Corte.
Repaso de la crisis Federado, un caso de contagio El Banco Federado de Cooperativas de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples se constituyó en junio de 1984. El Banco era parte del grupo Fedecrédito, al que pertenecían también Coovivienda, el puesto de bolsa Univalores y la Caja Central. En 1997 Coovivienda entró en problemas de liquidez por un desajuste en los plazos entre captaciones y préstamos. Fue intervenida en 1999. Esta crisis contagió al Federado por pertenecer al mismo grupo. El 2 de setiembre de 1998 la SUGEF decidió intervenir el Banco, luego de una fuerte corrida de fondos. En junio de 1999 se pidió la quiebra de la entidad. |
Argumentos Emisión tardía. Los jueces consideraron en su sentencia que los órganos administrativos competentes del Banco Central de Costa Rica emitieron en forma tardía el Reglamento para la Supervisión Auxiliar por parte del Banco Hipotecario de la Vivienda y el Reglamento para la Constitución, el Traspaso, el Registro y el Funcionamiento de los Grupos Financieros. Responsabilidad. También argumentaron que la SUGEF tenía la obligación de realizar una auditoría y control no solo al Banco Federado, sino también al grupo financiero. Además, que los demandantes demostraron los incumplimientos. |