SIN LUGAR ACCION CONTRA
LEY DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA

Una acción de inconstitucionalidad que pretendía se anulara el artículo 2 incisos 2 y 3, artículo 5 inciso 4 de la Ley de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos (Nº 7762 del 2-4-1998) y los actos de convocatoria para concursar en las Licitaciones Públicas internacionales (Números 1-2001, 2-2001, 3-2001, 4-2001 del INCOP) y contra su adjudicación, fue declarada sin lugar el pasado 11 de mayo por la Sala Constitucional
El fallo lo dictó ese alto Tribunal mediante sentencia Nº 2005-05651 al tramitar la acción bajo expediente Nº 04-003389-0007-CO, promovida por los diputados Epsy Campbell Barr, Ruth Montoya Rojas, Edwin Patterson Bent, Margarita Penón Góngora, Daisy Quesada Calderón, Gerardo Vargas Leiva y Martha Iris Zamora Castillo.
La acción fue planteada el 15 de abril de 2004 contra los actos de invitación a concursar realizados por el Instituto de Puertos del Pacífico y por el Consejo Nacional de Concesiones en las licitaciones internacionales Nº 1-2001 (concesión de gestión de servicios públicos de la terminal de Caldera), Nº 2-2001 (Concesión de gestión de servicios públicos de la terminal de Puntarenas), Nº 3-2001 (Concesión de gestión de servicios de remolcadores en la Vertiente del Pacífico), Nº 3-2001 (Concesión de obra pública con servicio público de la terminal granalera Puerto Caldera) y Nº 4-2001 (Concesión de obra pública con servicio público de la terminal atunera de Puerto Caldera), todas publicadas en La Gaceta Oficial número 68 del 05 de abril del 2001, así como su posterior adjudicación y refrendo. De igual modo respecto de los artículos 2 incisos 2) y 3) y 5 inciso 4) de la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos Nº 7762 del 02 de abril de 1998.
Participaron en la votación los magistrados Luis Fernando Solano, Luis Paulino Mora, Ana Virginia Calzada, Adrián Vargas Benavides, Gilbert Armijo Sancho, Ernesto Jinesta y Fernando Cruz Castro. Los magistrados Armijo Sancho y Cruz Castro salvaron el voto.