Diputados excluyen a Poder Judicial, CCSS y
universidades de rectoría de empleo público
Por Josué Bravo20 de octubre 2021, 10:15 PM
Con cuatro votos a favor y uno en contra, los diputados de la Comisión
de Consultas de Constitucionalidad aprobaron este miércoles un texto sustitutivo
para el proyecto de reforma al empleo público, el cual se adapta al voto de
la Sala IV del pasado 30 de julio.
En esta nueva versión, el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de
Elecciones (TSE), las universidades públicas, la Caja Costarricense de Seguro
Social (CCSS) y las municipalidades quedan fuera de la rectoría de
empleo del Poder Ejecutivo, aunque sí tendrían que acatar la nueva ley.
En la sentencia, los magistrados declararon constitucional la
introducción de un esquema de salario global para todo el sector
público, en el que no existan los pluses salariales, así como la introducción
de límites a la negociación de convenciones colectivas.
A la vez, el Tribunal declaró inconstitucional la rectoría del
Ministerio de Planificación (Mideplán) sobre los poderes y las instituciones
con autonomía, por lo que no alcanzarían sobre estos los lineamientos generales
sobre la materia que emita el Poder Ejecutivo.
El texto aprobado este miércoles redefine los alcances del artículo 6 de
la reforma, el cual se refiere a la rectoría del Mideplán
sobre esas instituciones. La nueva versión agrega la siguiente aclaración:
“Se excluye de esta rectoría las relaciones de empleo de las personas
servidoras públicas que desempeñen funciones o labores administrativas,
profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes para el ejercicio
de las competencias constitucionalmente asignadas al Poder Legislativo, al
Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y a los entes públicos
con autonomía de gobierno u organizativa, según la determinación que realice la
respectiva institución”.
Al mismo tiempo, con el fin de preservar la independencia de poderes y
de instituciones autónomas, la nueva redacción elimina incisos
objetados por la Sala Constitucional en diversos artículos.
En este caso, de las ocho familias de puestos que se crearían, se
eliminan la familia de las personas docentes y académicas de la educación
técnica superior, así como los funcionarios que administran justicia y los
magistrados del TSE.
Sobre la implementación del nuevo esquema de remuneraciones para todas
las instituciones bajo el ámbito de cobertura de la ley, siempre con el fin de
preservar independencia de poderes y autonomías, el artículo 34 del nuevo texto
aclara que las instituciones fuera de la rectoría “elaborarán la columna
salarial global de la familia correspondiente”.
El mismo numeral añade que a Mideplán solo le corresponderá elaborar una
columna salarial para las instituciones bajo las competencias del Poder
Ejecutivo.
Pilar Garrido, ministra de Planificación, explicó que la columna
salarial global que establezca su cartera solo alcanzaría a los funcionarios de
ministerios, instituciones autónomas grado 1, como el Instituto Nacional de
Aprendizaje (INA), y puestos comunes del Poder Judicial, TSE,
universidades estatales, la CCSS y las municipalidades.
Lo anterior significa que la columna salarial elaborada por los entes
independientes solo aplicaría para sus categorías exclusivas como jueces,
fiscales, magistrados electorales, alcaldes o vicealcaldes, por mencionar
algunos ejemplos. En el desarrollo de esa labor, las jerarquías de estas
entidades deberán definir quiénes son personal indispensable para desarrollar
su labor.
Para el resto de funcionarios fuera de esa escala, cuyos puestos serían
comunes con las demás instituciones, incluidos las del ámbito de cobertura del
Poder Ejecutivo, se utilizaría la columna salarial global establecida por
Mideplán. Tal es el caso de un conductor o un oficinista.
Votaron a favor de acoger el nuevo texto los diputados Ana Lucía
Delgado, del Partido Liberación Nacional (PLN); Laura Guido, del Partido Acción
Ciudadana (PAC); Eduardo Cruickshank, del Partido Restauración Nacional (PNR);
y la independiente Zoila Rosa Volio.
El único voto en contra fue el de Pedro Muñoz, del Partido Unidad Social
Cristiana (PUSC). El socialcristiano pretendió que, con la nueva redacción
dictaminada, la comisión recomendara al plenario abrirse a comisión o que el
plenario envíe el proyecto a un foro dictaminador.
Muñoz quería discutir elementos indirectos derivados del fallo
constitucional, como los alcances de la ley en la Asamblea Legislativa y sus
órganos, lo cual no fue consultado ante la Sala IV por los diputados.
La presidenta de la comisión, la liberacionista Ana Lucía Delgado, le
replicó que sus requerimientos equivocan la función de la comisión. “Y muchos
de ellos falaces”, señaló.
Como la Sala no encontró vicios de procedimientos, añadió Delgado, el
foro se ha enfocado en eliminar las objeciones detectadas por los magistrados.
“(El nuevo texto) acoge en todos los extremos que la opinión consultiva
que emitió la Sala Constitucional”, explicó.
Con el dictamen del nuevo texto, la comisión de Constitucionalidad agota
su trabajo sobre este expediente, el 21.336. Ahora, queda un espacio máximo de
ocho días hábiles para la presentación de informes de mayoría y minoría al
plenario.
[ Presidente de Sala IV: Ninguna institución está fuera de ley de
empleo público ]
[ Sentencia de Sala IV sobre empleo público llega a Asamblea ]