Sala IV consolida el derecho a unas finanzas
públicas sanas
Por Josué Bravo12 de octubre 2021, 1:13 PM
En dos resoluciones recientes, la Sala IV consolidó el derecho de los
ciudadanos a tener unas finanzas públicas sanas, lo que ha abierto la puerta para
la implementación de reformas estructurales que ayuden a equilibrar las
finanzas públicas.
La jurisprudencia de la Sala se deriva del principio de equilibrio
financiero establecido en el artículo 176 de la Constitución
Política, el
cual ha sido incumplido durante años. Esta norma establece que, en ningún caso,
los gastos del Presupuesto Nacional pueden superar a los ingresos probables.
Actualmente, casi la mitad de los gastos del Gobierno Central se
financian con endeudamiento público.
La Sala argumentó la necesidad de cumplir con el equilibrio financiero
cuando avaló la
reforma fiscal del 2018 y, luego, cuando resolvió las consultas de los diputados sobre
el proyecto
de empleo público, en julio del 2021.
En ambas oportunidades, los magistrados señalaron que “la
inobservancia del principio de equilibrio presupuestario ha sido una de las
causas del deteriorado estado actual de las finanzas públicas”.
Según la reciente jurisprudencia de la Sala IV, para que el Estado
Social de Derecho pueda persistir y cumplir sus fines constitucionales y
legales, “deviene necesario que se efectúe un sano manejo de las
finanzas públicas”.
“Es decir, de manera inexorable, debe existir un equilibrio
entre los derechos prestacionales y la solvencia económica estatal, ya que
los primeros dependen de las posibilidades materiales propiciadas por la
segunda, mientras que el sentido de esta última es fortalecer el desarrollo de
un sistema político solidario, uno en el que los estratos menos favorecidos de
la sociedad encuentren resguardo de su dignidad humana y su derecho a
progresar”, cita la resolución del 2018 sobre la reforma fiscal.
El abogado constitucionalista Rubén Hernández Valle explicó que tener
unas finanzas públicas sanas “es un derecho que se deriva de
ese principio” de equilibrio financiero.
“El Estado Social de Derecho garantiza numerosos derechos a las
personas, pero dado el alto costo económico para satisfacer muchos de ellos,
hoy día se habla del Estado Social de Derecho posible; y las
posibilidades reales de garantizar estos derechos están directamente
relacionadas con el equilibrio fiscal de los Estados.
“De ahí que el equilibrio fiscal se conciba también como un
derecho de los ciudadanos, dado que todos aspiran a que haya equilibrio
presupuestario para que el Estado les satisfaga sus derechos de contenido
económico y social”, finalizó el abogado.
Frente a una condición crítica en las finanzas públicas, debidamente
sustentada con estudios técnicos, la Sala IV fue clara en que “no solo resulta
razonable, sino que, aún más, es insoslayable” aplicar medidas
aptas para paliar o resolver el problema.
Así lo dijo al referirse a la reforma fiscal que nominalizó los pluses
salariales del sector público e introdujo la regla fiscal (sentencia
2018-18505). Las medidas correctivas se deben implementar, añade ese
fallo, salvaguardando los derechos fundamentales de la
población.
La Sala rescató de nuevo el principio de equilibrio presupuestario
cuando evacuó consultas sobre la reforma al empleo público (voto 2021-017098).
En ese momento, avaló la imposición de un tope a los salarios en las
universidades públicas y descartó desigualdad en el transitorio que
impidiría aumentar, de forma súbita, el salario de unos 28.800 funcionarios
actuales cuyos salarios quedarían por debajo del futuro salario global.
[ No existe desigualdad en evitar aumento salarial inmediato para
28.000 funcionarios, dice Sala IV ]
Para estos servidores, el proyecto establece que seguirán recibiendo el
sueldo compuesto (salario base más pluses) hasta que, en forma gradual,
alcancen el nuevo salario global.
Por voto de mayoría, la Sala IV resolvió que este transitorio es
razonable, y conforme con el derecho de la Constitución, “máxime si se toma en
cuenta la situación fiscal tan deteriorada que tiene el Gobierno Central, que
pone en peligro la viabilidad del Estado Social de Derecho y de la economía
costarricense en su conjunto”.
[ Plan de empleo público ahorraría ¢394.000 millones anuales con
fallo de Sala IV ]
El mismo argumento utilizaron los jueces para declarar constitucional el
transitorio XII que congelaría el incremento salarial de todos los funcionarios
por actualizaciones por el costo de vida, mientras la deuda pública supere el
60% del producto interno bruto (PIB).
El magistrado Fernando Castillo, presidente de la Sala Constitucional,
explicó en setiembre anterior, en el programa radial Mala Compañías de Teletica
Radio, que el déficit fiscal del Gobierno Central terminó el año pasado por
encima del 8% del producto interno bruto (PIB) y aún se desconoce qué tan
elevado sería el de este año.
“En ese escenario, equiparar los salarios compuestos por debajo del
globales, significaría disparar nuevamente el gasto publico y, volvemos (a
citar) el principio de equilibrio presupuestario financiero. Si la ley (de
empleo público) lo que está buscando es precisamente un fin legítimo,
constitucional, de hacer una contención de un disparador del gasto como son las
remuneraciones, mal haría la Sala en este momento en ajustar hacia arriba todos
aquellos salarios que queden por debajo del global”, sustentó Castillo.
El abogado Rubén Herńandez agregó que, desde la sentencia sobre la
reforma tributaria del 2018, la Sala Constitucional había dicho que el
principio de equilibrio fiscal “está por encima de las autonomías”, según el
experto.
“En él se basa, entre otras disposiciones, la regla fiscal. Es un
principio constitucional en materia fiscal. Este principio otorga al Estado
potestades excepcionales en materia fiscal, como imponer la regla”, añadió
Hernández.
Audiencia de la Sala IV. En la imagen, de izquierda a derecha, los
magistrados Luis Fernando Salazar, Paul Rueda, Fernando Castillo, Nancy
Hernández y Jorge Araya García. Foto: John Durán