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Jueces: Reubicar reos en régimen de confianza desahogaría las cárceles
Juzgados de
Ejecución de la Pena rechazan responsabilidad en hacinamiento y más bien instan
a Justicia a trabajar en soluciones que tienen a la mano
Por Katherine Chaves R.septiembre 08, 2021
at 07:00 CST
El
hacinamiento actual ronda el 20.4%. Foto: Archivo
Si hay algo que
los jueces de Ejecución de la Pena tienen claro es que, si el Ministerio de
Justicia reubicara más reos en el régimen de confianza, las cárceles se
desahogarían.
Para los
juzgadores, esa es la opción más viable, ya que sus resultados se verían en el
corto plazo y eso ayudaría a disminuir el hacinamiento carcelario,
el cual está en 20,4%.
Bajo esa
convicción es que el pasado 2 de julio varios jueces instaron a la ministra de
Justicia, Fiorella Salazar, a reactivar las políticas del Instituto Nacional de
Criminología (INC), ente encargado de otorgar los beneficios carcelarios, para
agilizar la salida de reclusos.
Sin embargo,
Irene Barrantes, jueza coordinadora del Juzgado de Ejecución de la Pena de San
José, lamentó que los frutos de esos acercamientos “no han sido los esperados”.
“Se instó a
activar las políticas del Instituto Nacional de Criminología, en temas de
ubicación de población privada de libertad en los Centros de Atención
Seminstitucional (CASI), dado que, pese a las órdenes de los jueces (de
Ejecución de la Pena), las recomendaciones aprobadas entre el 2020 y 2021 no
han sido las esperadas.
“Esta (la
reubicación) es una importante opción con la que cuenta el Ministerio de
Justicia para solventar problemas de hacinamiento”, aseguró la jueza.
Pero Barrantes
fue más allá y dijo que no solo tenían la posibilidad de enviar presos al
régimen semiabierto, sino que también podían echar mano de la nueva cárcel,
llamada Terrazas, la cual fue entregada en diciembre del 2020 pero que hasta
hace una semana, Justicia no tenía presupuesto para ponerla a funcionar. Es
decir, está en desuso.
“A la fecha, aún
teniendo el Centro Terrazas (...), sigue sin ser ocupado aduciéndose problemas
de presupuesto y recurso humano, siendo éste un espacio que podría utilizarse”,
reprochó Barrantes.
El Mecanismo
Nacional de Prevención de Tortura (MNPT), por su parte, aplaude que se
consideren ese tipo de reubicaciones, ya que “fueron creadas como una medida de
reinserción”.
Sin embargo,
Róger Víquez, director ejecutivo del MNPT, recalcó que sería una medida
“paliativa”, ya que, si bien ayuda a aliviar la crisis, se tendría que analizar
bien el porcentaje de personas que podrían pasar a un nivel semiinstitucional y
la incidencia que podría tener en el hacinamiento que se vive hoy.
Se intentó
obtener una postura de la cartera al respecto, así como conocer en detalle si
se ha analizado la posibilidad de reubicar personas en el régimen
semiinstitucional, pero, al cierre de esta nota, la oficina de prensa no había
dado respuesta.

En
el 2015, el Gobierno anterior ordenó reubicar reos "no peligrosos"
para bajar el hacinamiento que superaba el 50% en ese momento. Fotos: Jorge
Navarro (JDNT)
Juzgado: Hay que
atacar la raíz del hacinamiento; no los fallos judiciales
Si bien estos
juzgados le brindan esa solución de reubicar reos, Salazar solo insiste en
señalar a esos despachos como los responsables del colapso al que se acerca el
sistema penitenciario.
¿Por qué? La
jerarca de Justicia ha indicado en repetidas ocasiones que, en gran medida, el
problema de sobrepoblación se agrava porque jueces de Ejecución de la Pena
imponen cierres técnicos a cárceles, lo cual significa que ni un solo reo puede
ingresar a esos centros porque no hay más espacio.
Actualmente,
señaló Salazar, solo una de las 21 prisiones nacionales (la Gerardo Rodríguez,
en Alajuela) no cuenta con una orden de cierre y eso, añadió, les imposibilita
cualquier margen de reacción ante el hacinamiento, al punto de que no tienen espacios de aislamiento para colocar a
reos provenientes de celdas judiciales.
No obstante,
Barrantes refuta categóricamente lo dicho por la jerarca de ese ministerio,
porque los jueces no emiten esos cierres para entorpecer la labor de la
cartera, sino que lo hacen para evitar la violación a los derechos
fundamentales de los presos.
“Desde el Juzgado
de Ejecución de la Pena de San José se mantiene una posición categórica en el
tanto el colapso por el cual atraviesa el sistema penitenciario nacional no
obedece estrictamente a fallos de los jueces de Ejecución de la Pena”, aseveró.
Por eso, la
juzgadora instó a las autoridades penitenciarias a atacar la raíz del
hacinamiento y no así los fallos judiciales que ellos emiten, ya que, de seguir
por esta misma ruta, la sobrepoblación no mermará y por el contrario aumentará.
Ella hizo
alusión, por ejemplo, al reproche de Salazar porque jueces de Ejecución de todo
el país han prohibido la utilización de gimnasios y otras áreas comunes para
albergar reos.
“El problema no
es que no se permita utilizar los gimnasios o las aulas por parte de los
jueces, sino que éstos no son espacios adecuados para albergar población
privada de libertad. Debe buscarse solución al problema, atacando el punto
principal del hacinamiento”, recordó la juzgadora por medio de su respuesta.
Con relación a
este asunto, Salazar interpuso, en conjunto con Pedro González (ministro a.i. de
Salud), un recurso de habeas corpus contra el Juzgado de
Ejecución de la Pena de Alajuela, el 6 de setiembre.
Allí, los jerarcas
pidieron el “cese de los efectos de las órdenes judiciales que impiden la
utilización de los espacios de aislamiento temporal establecidos como medio
para preservar la salud y la vida, así como el cumplimiento de las medidas
sanitarias durante la emergencia nacional por covid-19″.

La
cárcel de San José, conocida como San Sebastián, ha sido una de las más
afectadas por el hacinamiento durante años. Fotos: Mayela López (Mayela
López)
Administración
pasada reubicó reos para bajar hacinamiento
En el 2015 la
sobrepoblación carcelaria sobrepasaba el 50%, lo cual mantenía preocupadas a
las autoridades.
Por eso, en ese
entonces, el Instituto Nacional de Criminología (INC) empezó a realizar valoraciones extraordinarias para
aliviar las muy saturadas prisiones.
La población
objetivo eran los sentenciados que hayan cometido un delito menos lesivo, que
tuvieran una sola condena, una oferta laboral y que cumplieran la pena en cinco
años o menos.
Pese a que se
indicó que darían salida a reos “no peligrosos”, la noticia no fue bien tomada
por diferentes sectores, como la Fiscalía, la Policía Judicial y el Ministerio
de Seguridad.
El 11 de
noviembre del 2015, Justicia dio a conocer que un 63,3% de los reos (361 de los 570) que
fueron sacados cumplían condenas por delitos contra la propiedad y, pese a la
disposición de la cartera, la sobrepoblación solo se pudo bajar a un 45.85%
(salieron 1.270 personas).
Por ello, en
abril del 2016, Justicia emitió un nuevo documento en el que flexibilizó los
criterios con los cuales se les daba beneficios a los reclusos. Ahora, los
presos podían salir si eran reincidentes y aunque no tuvieran una opción
laboral. Esta nueva disposición derogó la primera directriz.
Sin embargo, en
junio de ese mismo año, la circular fue suspendida,
ya que la reincidencia en los beneficiados se volvió asunto común.

Justicia
no indicó si valora posibilidad de reubicar reos en régimen de confianza. Foto:
Andrés Arce (Andrés ARCE / GN)
¿Cómo funcionan las
medidas correctivas?
El Código
Procesal Penal establece que los jueces de Ejecución de la Pena tienen dentro
de sus competencias realizar visitas a los centros penitenciarios al menos una
vez cada seis meses y es a raíz de esos recorridos que se observan los temas de
violación de derechos de los presos.
También los
defensores públicos pueden hacerles llegar preocupaciones para que ellos lo
analicen y tomen cartas en el asunto.
Entonces, cuando
se constatan esas situaciones de riesgo es que los juzgadores imponen medidas
correctivas inmediatas, al tiempo en el que le solicita a la autoridad la
elaboración de un informe, donde rinda cuentas de lo que ocurre.
Como estas
medidas no tienen apelación es que ese informe es vital para el cese, la
modificación o el mantenimiento de esas medidas correctivas.
“Esta función
bajo ninguna circunstancia se constituye una intromisión a la división de
poderes, por el contrario, debe quedar claro que los jueces de Ejecución somos
jueces de garantías, y las medidas correctivas que implican cierres técnicos es
una facultad dada por ley y es nuestra obligación ética hacer velar su
cumplimiento”, indicó Barrantes.
Hacinamiento
carcelario
- Cada día las
cárceles se llenan más debido a que ingresan más personas.
- Los jueces de
Ejecución de la Pena han dictado varios órdenes de cierre desde hace años atrás
por las condiciones de infraestructura cada vez más perjudicadas y por la
sobrepoblación.
- El ritmo de
egresos hacia regímenes de confianza disminuyó con el cambio de Administración.
- La pandemia
llegó para empeorar una situación ya caótica. Puso a prueba un sistema que no
estaba listo y desnudó sus falencias.