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(Foto: Katya Alvarado).

PaísLey Marco de Empleo Público

Corte Suprema alerta en consulta ante Sala IV que Empleo Público es una regresión de la independencia de poderes

 Por Fabiola Pomareda García | pomaredafabiola@gmail.com

 7 julio, 2021

La Sala Constitucional tiene hasta el 2 de agosto para definir si la consulta de la Corte Suprema de Justicia cumple o no con los requisitos para ser evacuada, lo que se resolverá junto con la opinión consultiva.

La consulta de constitucionalidad planteada por la Corte Suprema de Justicia al proyecto de Ley Marco de Empleo Público expone que el mismo afecta las competencias constitucionales exclusivas y excluyentes del Poder Judicial, en regulación, ordenamiento, dirección y control de la relación de empleo, al trasladarlas al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), dependiente del Poder Ejecutivo.

El pasado 1 de julio, la Corte envió a la Sala IV su consulta facultativa de constitucionalidad sobre el expediente 21.336, aprobado en primer debate el pasado 17 de junio.

En el documento explica que el proyecto de ley violentaría la reserva de ley en materia de regulación propia del Poder Judicial, prevista por la Asamblea Nacional Constituyente, al dejar al dictado de actos administrativos y reglamentos emitidos por el Mideplan la regulación de empleo del Poder Judicial, fundamentalmente en lo que atañe a las “familias salariales” que menciona el proyecto.

También advierte que establece una relación de dirección y de control directa entre el Mideplan y la Dirección de Recursos Humanos del Poder Judicial y que afectaría la fijación de las políticas salariales de funcionarios del Poder Judicial, especialmente en la judicatura, fiscales, fiscalas y agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), al dejarla en manos de órganos del Poder Ejecutivo y aprobación del Consejo de Gobierno

Asimismo, afirma que vaciaría de contenido las normas creadas para establecer las competencias del Poder Judicial en materia de gobierno, las cuales “blindan la independencia judicial frente a los otros poderes”; y que vaciaría de contenido el régimen sancionatorio, fundamentalmente en lo que atañe a personas juzgadoras, a cargo del Ministerio Público y del OIJ al someterlo a un solo régimen de empleo público.

Estas competencias, destaca la Corte, están orientadas “a proteger la independencia e imparcialidad de las personas juzgadoras”; pero se estarían trasladando a ministerios y órganos creados por ley propios del Poder Ejecutivo, con evidente trato desigual, al compararse con las regulaciones y excepciones previstas para las municipalidades y universidades.

Por último, la Corte advierte que el proyecto tendría “serias consecuencias en nuestro sistema institucional y en la distribución de Poderes”; y que al eliminarse competencias de gobierno de la Corte Suprema de Justicia, podría estarse planteando “una regresión de la independencia de poderes, al potenciar las competencias del Poder Ejecutivo, debilitando las garantías de protección de la independencia judicial, inherentes al derecho fundamental de las personas a la justicia”.

La Corte consultó en particular los artículos 6, 7, 9, 13, 17, 18, 21, 32, 33, 36 y normas conexas.

La Sala Constitucional tiene hasta el 2 de agosto para definir si las consultas de constitucionalidad presentadas por diputados y por la Corte Suprema de Justicia al proyecto de Ley Marco de Empleo Público cumplen o no con los requisitos para ser evacuadas, lo que se resolverá junto con la sentencia sobre las consultas -opinión consultiva-.