Nueva
ley concursal agiliza rescate de empresas en crisis y reduce costos de
intervención
Norma permite a
bancos estatales negociar arreglos de pago, introduce la resolución alternativa
de conflictos y faculta a deudores a pedir la protección judicial antes de caer
en crisis
Óscar Rodríguez. Hace 1 hora
El caso de la empresa Yanber es, en
los últimos años, uno de los más conocidos que haya ingresado al Juzgado
Concursal, a raíz de sus problemas financieros. La compañía cerró y sus
propietarios originales terminaron acusados por la vía penal. Foto: Alejandro
Gamboa Madrigal/Archivo
Determinar en pocos meses, en vez de años, si una empresa inmersa en una
crisis es viable o no es el principal objetivo de la nueva Ley
Concursal de Costa Rica.
Para preservar las compañías en problemas, la norma erradica falencias
hasta ahora existentes en los procesos, como el alto costo de los honorarios de
interventores y curadores; simplifica los trámites judiciales y permite a los
bancos estatales negociar arreglos cuando un deudor acude a la vía judicial.
También suprimió la dispersión de legislaciones para unificarlas en un
único texto, pues derogó los trámites establecidos en el Código Civil, en el
Código de Comercio y en el Código Procesal Civil.
Asimismo, se eliminó que dichos procesos estuvieran solo dirigidos a
grandes empresas, ahora no importa el tamaño de la compañía, cualquiera podrá
acudir a la vía judicial en busca de un arreglo de pago para solventar una
crisis.
La nueva ley concursal fue aprobada en el Congreso, el pasado 16 de
febrero, y firmada por el presidente Carlos Alvarado, el 14 de abril anterior.
Solo está pendiente la publicación en el diario oficial La
Gaceta, una vez que esto ocurra, entrará en vigencia seis meses
después.
(Video) Cambios en procesos
concursales
El juez civil Christian Quesada explicó que la norma agilizará de manera
relevante los procesos una vez que son aceptados.
Añadió que el interventor tendrá 15 días naturales para determinar si la
empresa tiene viabilidad. Luego, los acreedores y el deudor dispondrán de 25
días naturales para ponerse de acuerdo en el plan de salvamento.
“Cuando se determina que no hay viabilidad de la empresa, la ley
establece un plazo de seis meses para realizar la liquidación”, explicó el
funcionario, quien fue una de las personas involucradas en la redacción de la
nueva norma.
Para el legislador Welmer Ramos, quien impulsó el proyecto en el
Congreso, la legislación aprobada llega a corregir problemas históricos.
“Costa Rica no contaba con un proceso claro y definido, entonces se
volvía engorroso y litigioso. Esto generaba que una empresa terminara
quebrando, en lugar de salvarse, en un proceso además muy caro”, destacó el
diputado Ramos.
Él dijo que el país, debido a esas deficiencias, ocupaba el lugar 138 en
el informe Doing Business del Banco Mundial, por los problemas
para declarar la insolvencia de una compañía.
Sin embargo, Mario Gómez, asesor legal de la Asociación Bancaria
Costarricense (ABC), consideró que el instrumento aprobado dejó aspectos sin
resolver.
“El salvar una empresa no es un tema legal. Una compañía en crisis es un
tema económico y financiero (...) En el pasado se ponían a abogados a administrar
empresas, cuando no es su experiencia”, afirmó Gómez.
El especialista añadió que en el Juzgado deben contar con funcionarios
de otras disciplinas, como administración de empresas o ingenieros, para
brindar una asesoría.
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Aldesa pide
intervención judicial por problemas de liquidez
En los últimos años, empresas como la Corporación Yanber, Casa Blanca o
Aldesa acudieron a la vía judicial para resolver sus problemas financieros.
La primera de las anteriores terminó en cierre; Casa Blanca mantuvo su
operación mientras que Aldesa sigue sin resolver su crisis.
El año pasado ingresaron al Juzgado Concursal 222 nuevos casos sobre
empresas y personas que afrontaban problemas económicos, mientras que, en el
2019, fueron 292, según información estadística del Poder Judicial.
Además, los jueces acumulan, para este año, un total de 486 procesos
pendientes de resolución.
Menos procesos
La primera medida de la nueva ley es que simplifica los procesos en los
cuales una empresa o una persona podría acogerse si enfrentaba dificultades
económicas.
Antes existían las figuras de la Administración y Reorganización con
Intervención Judicial; el Convenio Preventivo; la Quiebra; el Concurso de
Acreedores, y las Intervenciones Administradas para la Superintendencia General
de entidades Financieras (Sugef), en caso de entidades bancarias.
Ver video 09:42
(Video) Nueva Ley Concursal
“Había dos vías para liquidar los bienes del deudor y pagar a los
acreedores que son la quiebra para comercios y la insolvencia para no
comerciales; y también la administración y reorganización con intervención
judicial y el convenio preventivo”, comentó la abogada Alexa Narváez,
especialista en derecho civil y comercial.
La norma avalada en febrero establece un único proceso que permitirá el
concurso preventivo cuyo fin es restablecer la compañía para asegurar su viabilidad
o la liquidación de la empresa.
También se crea la opción de Resolución Alternativa de Conflictos (RAC),
como medida extrajudicial para resolver una crisis empresarial. Pero se obliga
a la legalización posterior del acuerdo en el juzgado.
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millones de bancos 7 meses antes de crisis
“Cuando un deudor sabe que está en crisis o será inminente la entrada en
una crisis se puede pedir la protección al juez”, explicó Sergio Artavia,
abogado especialista en derecho procesal civil.
La apertura del proceso se podrá iniciar si el deudor demuestra su
insuficiencia patrimonial.
Artavia destacó, como aspecto positivo, que para lograr un convenio
entre las partes, ya no será necesario que el 66,6% de los acreedores esté de
acuerdo, como antes, sino solo el 51%.
Costos y otras cambios
La nueva ley eliminó una de las mayores críticas a los procesos
concursales que era el alto costo en el pago de honorarios para los curadores o
interventores en una empresa en problemas.
En el convenio preventivo, la quiebra y el concurso de acreedores se
establecía que los encargados de dirigir dichos procesos, recibían como
honorario el equivalente al 5% de las deudas legalizadas.
“Recuerdo curadores que ganaron de $1 millón hasta $4 millones en un
proceso, antes de la reforma. El porcentaje que se pagaba dependía del monto
del pasivo, entonces si la empresa debía mucho, el pago subía. La nueva ley
faculta a la Corte Suprema de Justicia a crear el pago en función de parámetros
objetivos”, afirmó Artavia.
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TicoFrut acude a
Juzgado Concursal para reestructurar deuda de $165,9 millones
La legislación establece que se debe crear un salario mensual según la
complejidad del caso, la duración del proceso, la cuantía del activo y del
pasivo; y la recuperación de los bienes.
Por otra parte, faculta a los bancos estatales a poder negociar arreglos
con sus deudores, tanto en la vía extrajudicial como en la judicial, pues la
ley permite a todos los acreedores hacer uso de las nuevas herramientas.
La banca estatal tenía prohibido llegar a un acuerdo con un deudor si
este acudía al Juzgado Concursal.
“La Ley Concursal permite que los bancos estatales puedan ser partícipes
activos en la toma de decisiones”, recalcó Quesada.
Para Douglas Soto, gerente del Banco de Costa Rica (BCR), la disposición
permitirá llegar a arreglos para reestructurar las deudas, en vez de tener que
recoger garantías, preservando siempre el resguardo de los recursos.
Soto puso como ejemplo el caso de TicoFrut que recientemente solicitó un
convenio preventivo para enfrentar deudas por $165,9 millones.
El BCR es la institución que más recursos prestó a la compañía, con un
saldo de $34,3 millones.
“TicoFrut genera 3.000 empleos en la Zona Norte, genera proveedores en
la región. Queremos ayudarles, siempre y cuando las condiciones lo permitan”,
dijo el banquero.
Otro cambio relevante, señala la abogada Alexa Narváez, es que la nueva
ley faculta al Poder Judicial a crear juzgados concursales en diversas regiones
del país.
Actualmente, esta materia está centralizada en el Primer Circuito
Judicial de San José.