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Reforma deja sin pensión a funcionarios judiciales

Si no cuentan con 20 años de cotización

Los funcionarios judiciales se fueron a las calles en el 2017 contra la reforma a sus pensiones. (Foto archivo)

Para que un funcionario del Poder Judicial tenga derecho a su pensión debe al menos cotizar por 20 años consecutivos. Esta fue una de las reformas a la ley de pensiones judiciales que los diputados aprobaron en 2017-2018, antes el tiempo estaba en 10 años.

Este aumento está generando varias injusticias en familias donde el funcionario judicial por alguna razón muere o bien por incapacidad no puede seguir laborando, ya que si no cuenta con los 20 años mínimos de cotizaciones quedan sin el derecho a la jubilación.

Jorge Cartín, secretario general del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial (Sitrajud) calificó esta modificación como injusta.

“Entre los aspectos que consideramos que son injustos y que afectan mucho a las personas trabajadoras y a sus familias es que al aumentar el tiempo mínimo de permanencia cotizando que pasó de 10 años a 20 años, esto provoca que si una persona muere antes de cumplir esos años de servicio su familia queda desprotegida porque no tendría derecho a una pensión por muerte”, indicó.

DIARIO EXTRA supo del caso de una funcionaria judicial a la que le faltaban días para cumplir los 20 años y de forma repentina falleció dejando a la familia sin poder tener acceso a la pensión por muerte.

“De la misma manera sucede con las personas que vienen de otra institución pública que, aunque se reconozca el tiempo servido para poder jubilarse en caso de enfermedad debe tener 20 años de laborar en el Poder Judicial, esto lo tenemos impugnado en la Sala Constitucional desde el 2018 y aún no ha sido resuelto a pesar de múltiples gestiones de pronto despacho nuestras y de otros sindicatos judiciales”, agregó Cartín.

Sitrajud conoció el caso de otra funcionaria judicial que laboró para el Ministerio de Educación Pública por espacio de diez años y once meses. Ella realizó el reintegro de dinero para el reconocimiento de tiempo servido en otra institución. 

Actualmente cuenta con diez años de servicio en el Poder Judicial, cuando ingresó a laborar tenía conocimiento que se podía jubilar con diez años de servicio continuos en la institución y la edad, actualmente se le informa que para optar por una jubilación debe contar con veinte años de servicio continuos, lo que significa que tendría que pensionarse a los 70 años.  Ella fue operada de un tumor cerebral, aún tiene parte del tumor, lo que le provoca dolores de cabeza constantes, padece convulsiones, entre otros. 

 

SIN RESOLVER

 

Al menos cinco gremios judiciales presentaron ante la Sala Constitucional desde el 2018 una acción de inconstitucionalidad contra los artículos 224, 224 bis y 226 de la Ley 9544 que establece este plazo mínimo de 20 años de cotización continua para poder optar por la pensión una vez se alcancen los 65 años y 35 años de servicio.

Los gremios alegan que no existe ningún estudio técnico desde la sostenibilidad financiera del fondo de pensiones judiciales para establecer ese plazo de 20 años.

Además, alegan que dichos artículos son contraproducentes con lo que indica la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en los convenios 102 y 128, donde se habla de jubilaciones justas y dignas y lo que la misma Carta Magna dice.

PERIODISTA: Bharley Quirós Navarro

 

EMAIL: bharley.quiros@diarioextra.com

 

Sábado 20 Febrero, 2021

 

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