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Reforma deja sin pensión a funcionarios judiciales
Si no cuentan con 20
años de cotización
Los funcionarios judiciales se fueron a
las calles en el 2017 contra la reforma a sus pensiones. (Foto archivo)
Para que un funcionario del Poder
Judicial tenga derecho a su pensión debe al menos cotizar por 20 años
consecutivos. Esta fue una de las reformas a la ley de pensiones judiciales que
los diputados aprobaron en 2017-2018, antes el tiempo estaba en 10 años.
Este aumento está generando varias
injusticias en familias donde el funcionario judicial por alguna razón muere o
bien por incapacidad no puede seguir laborando, ya que si no cuenta con los 20
años mínimos de cotizaciones quedan sin el derecho a la jubilación.
Jorge Cartín, secretario general del
Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial (Sitrajud) calificó esta
modificación como injusta.
“Entre los aspectos que consideramos
que son injustos y que afectan mucho a las personas trabajadoras y a sus
familias es que al aumentar el tiempo mínimo de permanencia cotizando que pasó
de 10 años a 20 años, esto provoca que si una persona muere antes de cumplir
esos años de servicio su familia queda desprotegida porque no tendría derecho a
una pensión por muerte”, indicó.
DIARIO EXTRA supo del caso de una
funcionaria judicial a la que le faltaban días para cumplir los 20 años y de
forma repentina falleció dejando a la familia sin poder tener acceso a la
pensión por muerte.
“De la misma manera sucede con las
personas que vienen de otra institución pública que, aunque se reconozca el
tiempo servido para poder jubilarse en caso de enfermedad debe tener 20 años de
laborar en el Poder Judicial, esto lo tenemos impugnado en la Sala
Constitucional desde el 2018 y aún no ha sido resuelto a pesar de múltiples
gestiones de pronto despacho nuestras y de otros sindicatos judiciales”, agregó
Cartín.
Sitrajud conoció el caso de otra
funcionaria judicial que laboró para el Ministerio de Educación Pública por
espacio de diez años y once meses. Ella realizó el reintegro de dinero para el
reconocimiento de tiempo servido en otra institución.
Actualmente cuenta con diez años de
servicio en el Poder Judicial, cuando ingresó a laborar tenía conocimiento que
se podía jubilar con diez años de servicio continuos en la institución y la
edad, actualmente se le informa que para optar por una jubilación debe contar
con veinte años de servicio continuos, lo que significa que tendría que
pensionarse a los 70 años. Ella fue operada de un tumor cerebral, aún
tiene parte del tumor, lo que le provoca dolores de cabeza constantes, padece
convulsiones, entre otros.
SIN RESOLVER
Al menos cinco gremios judiciales
presentaron ante la Sala Constitucional desde el 2018 una acción de
inconstitucionalidad contra los artículos 224, 224 bis y 226 de la Ley 9544 que
establece este plazo mínimo de 20 años de cotización continua para poder optar
por la pensión una vez se alcancen los 65 años y 35 años de servicio.
Los gremios alegan que no existe
ningún estudio técnico desde la sostenibilidad financiera del fondo de
pensiones judiciales para establecer ese plazo de 20 años.
Además, alegan que dichos artículos
son contraproducentes con lo que indica la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) en los convenios 102 y 128, donde se habla de jubilaciones justas
y dignas y lo que la misma Carta Magna dice.
PERIODISTA: Bharley Quirós
Navarro
EMAIL: bharley.quiros@diarioextra.com
Sábado 20 Febrero,
2021
HORA: 12:00 AM