Sala
Primera anula decreto de Luis Guillermo Solís que permitía comercializar
tiburones
Directriz
posibilitó a Incopesca exportar tiburones de distintas especies amenazadas como
el martillo; Fundación MarViva interpuso recurso de casación contra la
normativa el cual fue declarado con lugar
Daniela Cerdas E.. Hace 21
horas
Imagen de un tiburón martillo en aguas cercanas a la Isla del Coco en
abril de 2018 durante una expedición científica. Esta es una de las especies
consideradas bajo amenaza de extinción por pesca excesiva. / Fotografía Archivo
L
La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto un
decreto firmado en 2017 por el entonces presidente Luis Guillermo Solís, el
cual permitió la comercialización de tiburones martillo y ballena, entre otras
especies amenazadas.
Esa normativa reformó las autoridades
administrativa y científicas responsables de la Convención Internacional para
el Comercio de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES), un
tratado internacional ratificado por Costa Rica, cuyo objetivo es regular el
comercio internacional de animales y plantas silvestres amenazadas.
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Así, el decreto ejecutivo MINAE MAG 40.379 estableció que al Instituto
de Pesca y Acuicultura (Incopesca) era la única autoridad a cargo de evaluar
las solicitudes de exportación del sector pesquero con respecto a especies de
interés comercial amenazadas o en peligro, tales como el tiburón gris (Carcharhinus
falciformis), tiburón martillo (Sphyrna lewini, S. mokarran y S. zygaena)
y tiburón zorro (Alopias superciliosus, A. pelagicus y Avulpinus).
Anteriormente, los responsables de emanar los criterios técnicos e
implementar medidas asociadas al comercio internacional de especies amenazadas
eran el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), como autoridad
administrativa y el Consejo de Representantes de Autoridades Científicas
(CRAC-CITES), como autoridad científica integrado por universidades estatales,
el Incopesca, el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), el sector pesquero
y la representación de una organización no gubernamental.
“Esta decisión excluyó la posibilidades de participación de los sectores
ambientales, académicos y de la sociedad civil, reduciendo así la oportunidad
de ponderar las solicitudes del sector con criterios científicos y de
conservación”, indicó MarViva.
De ahí que agotara las posibilidades para la anulación de las
disposiciones. La Sala I dictó la anulación del decreto el 13 de noviembre al
declarar con lugar el reclamo de esa organización.
No obstante, ya en Congreso hacía fila un proyecto de ley, de iniciativa
popular (expediente 21.754), que prevendría pesca excesiva de tiburones al
declararlos especies silvestres y no comerciales.
La propuesta plantea subordinar uso comercial de especies a estudios
técnicos sobre población de animales, para determinar si es sostenible su
aprovechamiento.
Organizaciones celebran
La resolución de la Sala Primera ordenó la nulidad de polémico decreto,
así como de todos los actos y actuaciones conexas derivadas de dicha reforma,
tales como el listado de especies de interés pesquero elaborado por el
Incopesca a partir de los apéndices CITES, y los dictámenes de extracción no
perjudicial (DENP), emitidos durante el periodo de vigencia del decreto.
Tan pronto la sentencia integral sea notificada, el Incopesca deberá
abstenerse de emitir dictámenes relativos a la exportación de especies de
interés pesquero amenazadas, ya que, por medio de este fallo, dicha potestad
regresa al CRAC-CITES, para su estudio ante los diversos sectores representados
en dicho órgano.
“En 2017, Fundación MarViva interpuso un procedimiento ante el Tribunal
Contencioso Administrativo para anular este decreto, alegando, entre otros
aspectos, que en el procedimiento seguido para su elaboración y promulgación no
se otorgó audiencia a las entidades y organizaciones afectadas con la reforma.
Seguimos atentos a la publicación de la sentencia completa, esperando que este
fallo sea un precedente importante para nuestro país en materia de la tutela
efectiva del derecho a la participación pública en temas ambientales”, declaró
Jorge Jiménez, director general de MarViva.
En Costa Rica, la carne de tiburón también registra un consumo promedio
de 1.000 toneladas anuales según datos al 2015 del Servicio Nacional de Salud
Animal (Senasa). Entre los años 2007, 2008 y 2009, precisan estadísticas de
Senasa, ese consumo osciló entre 1.700 y casi 2.000 toneladas.
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Luis Guillermo
Solís designado enemigo de los tiburones
La sentencia de la Sala Primera fue celebrada por otras organizaciones
no gubernamentales que luchan a favor de la conservación de la vida marina.
“Misión Tiburón aplaude la sentencia de la Sala Primera. Ahora esperamos
que se apliquen las medidas necesarias para detener la sobreexplotación
pesquera de los tiburones”, declaró la directora ejecutiva Ilena Zanella.
“Desde el inicio hemos insistido en que una especie en peligro de
extinción no puede considerarse jamás una especie comercial, pues viola los
acuerdos adoptados en convenciones internacionales de conservación de vida
silvestre”, declaró Randall Arauz, de Fins Attached.