Nacionales
Modificar forma de juzgar a jerarcas ser’a ilegal
Advierte magistrada
Iris Roc’o Rojas de Sala I
Iris Roc’o Rojas Morales, magistrada de
Sala I
Iris Roc’o Rojas Morales, magistrada
propietaria de la Sala I, advirti— este lunes en Corte Plena sobre las dudas
que le genera el proyecto para cambiar el juzgamiento de jerarcas, el cual, a
su parecer, podr’a rozar con la Constituci—n Pol’tica.
Se trata del expediente legislativo
22.078 que tiene como objetivo que los diputados, magistrados, ministros y
otros jerarcas a los que se le levante la inmunidad sean juzgados como
cualquier persona; es decir, en los tribunales ordinarios.
Actualmente dicho proceso es
exclusivamente tramitado por la Sala Tercera.
En adelante lo que se busca es que
cuando la Asamblea Legislativa autorice levantar la inmunidad del jerarca, el
caso se remita a la v’a comœn.
Propuesta genera dudas
Para la magistrada Rojas, la
propuesta legislativa ser’a inconstitucional si se toma en cuenta que la propia
Carta Fundamental es clara en indicar que es la Corte Plena la encargada de
juzgar a dichos miembros de supremos poderes.
En espec’fico, el art’culo 121,
inciso 9 de la Constituci—n establece: ÒAdem‡s de las otras atribuciones
que le confiere esta Constituci—n, corresponde exclusivamente a la Asamblea
Legislativa: 9) Admitir o no las acusaciones que se interpongan contra quien
ejerza la Presidencia de la Repœblica, Vicepresidentes, miembros de los
Supremos Poderes y Ministros Diplom‡ticos, declarando por dos terceras partes
de votos del total de la Asamblea si hay o no lugar a formaci—n de causa contra
ellos, poniŽndolos, en caso afirmativo, a disposici—n de la Corte Suprema de
Justicia para su juzgamientoÓ.
ÒMe parece que aqu’ hay involucrado
un tema de constitucionalidad porque el 121, inciso 9 dice claramente que el
juzgamiento de miembros de supremos poderes le corresponde a Corte, en este
sentido, Corte como —rgano jurisdiccionalÓ, advirti— la magistrada de la Sala
I.
Rojas agreg— que, as’ las cosas, una reforma
a la ley no es suficiente para modificar dicho proceso, ya que se requer’a de
un cambio a la propia Constituci—n.
Afecta al Poder Judicial
Adem‡s de la advertencia de la
magistrada Rojas, este lunes, con 16 votos a favor y 6 abstenciones, los magistrados
acogieron el informe de la vicepresidenta de la Corte, Patricia Solano Castro
en relaci—n a que el proyecto afecta el funcionamiento y organizaci—n del Poder
Judicial.
La iniciativa requerir‡ mayor’a
calificada (38 votos) para ser aprobada por los diputados de la Repœblica.
ÀQUƒ DICE LA INICIATIVA?
¥El juzgamiento de los miembros de los
Supremos Poderes y de los funcionarios con inmunidad se regir‡ por las
disposiciones comunes, es decir en tribunales ordinarios, como cualquier otra
persona.
¥Si a los miembros de los Supremos
Poderes y funcionarios referidos se les imputa un delito de acci—n pœblica, o
de acci—n pœblica perseguible a instancia privada, la acci—n penal ser‡
ejercida por el Ministerio Pœblico, sin perjuicio del derecho de querellar que
tendr‡ cualquier persona si se trata de un delito funcional o la v’ctima en los
dem‡s casos, o de la Procuradur’a General de la Repœblica y la Contralor’a
General de la Repœblica en sus respectivas competencias. Si se trata de
un delito de acci—n privada, esta ser‡ ejercida exclusivamente por el ofendido.
¥Si el funcionario ha sido aprehendido
en flagrante delito, sin perjuicio de la investigaci—n inicial, el Ministerio
Pœblico contar‡ con un m‡ximo de veinticuatro horas para disponer la libertad
del detenido o ponerlo a la orden de la Sala Tercera con la solicitud de
imposici—n de medidas cautelares. En este mismo acto, deber‡ solicitar la
realizaci—n de audiencia oral.
Fuente: Expediente 22.078
PERIODISTA: Marco Antonio
Gonz‡lez
EMAIL: marco.gonzalez@diarioextra.com
Martes 29
Septiembre, 2020
HORA: 12:00 AM