GOBIERNO

Sala IV: Intenci—n de incitadores de bloqueos es generar Ôun da–o significativoÕ al orden pœblico

Magistrados recordaron a los dirigentes del movimiento cu‡les son las v’as democr‡ticas en fallo que conden— al Estado por no levantar obstrucci—n en v’as

Juan Diego C—rdoba Gonz‡lez. Hace 15 horas

Descripci—n: Plant—n de este lunes frente a Presidencia, organizado por Rescate Nacional, termin— con un enfrentamiento entre manifestantes y polic’as, quienes fueron atacados con piedras, tubos y palos y respondieron con gases lacrim—genos. Fotograf’a: Alonso Tenorio.Plant—n de este lunes frente a Presidencia, organizado por Rescate Nacional, termin— con un enfrentamiento entre manifestantes y polic’as, quienes fueron atacados con piedras, tubos y palos y respondieron con gases lacrim—genos. Fotograf’a: Alonso Tenorio.

En la misma sentencia en que la Sala Constitucional conden— al Estado por no levantar los bloqueos en carreteras, los magistrados censuraron el accionar de los grupos organizadores de estos cierres.

Los altos jueces se–alaron que los responsables de incitar esas protestas ten’an el claro objetivo de alterar el orden pœblico. As’ consta en la p‡gina 44 del documento, solicitado por La Naci—n a la oficina de prensa de ese tribunal.

"La intenci—n de quienes convocaron a manifestaciones estaba dirigida espec’ficamente a paralizar o entorpecer infraestructura vial del pa’s, como los puertos, las v’as de ingreso y egreso terrestre y las carreteras.

ÒNo puede considerarse que tal intenci—n constituya una vertiente leg’tima de la libertad de expresi—n, pues su finalidad œltima no es la expresi—n de una opini—n o la transmisi—n de un mensaje, sino la generaci—n de un da–o significativo al orden pœblico, a efectos de obtener el resultado pretendidoÓ, se–ala el documento.

LEA TAMBIƒN

Sala IV condena a Presidencia y Seguridad Pœblica por no levantar bloqueos

El responsable de convocar los bloqueos es el autodenominado Movimiento Rescate Nacional, que llam— a estas acciones desde el pasado 30 de setiembre, luego de que el gobierno no acogiera un pliego de peticiones.

Entre sus solicitudes figuraban la convocatoria del proyecto de ley de revocatoria de mandato v’a referendo, descartar venta de activos estatales, fortalecer el Consejo Nacional de Producci—n (CNP).

Las pretensiones de ese grupo liderado por los exdiputados JosŽ Miguel Corrales (quien luego se retir— del movimiento) y CŽlimo Guido fueron en aumento y exigieron descartar una negociaci—n de asistencia econ—mica con el Fondo Monetario Internacional (FMI), as’ como incluirlos en la mesa multisectorial de di‡logo.

No depusieron los bloqueos pese a que el gobierno retiro su propuesta al FMI para buscar una m‡s equilibrada.

Los magistrados de la Sala Constitucional recordaron a los protestantes las v’as democr‡ticas para pronunciarse.

"La Sala enfatiza que los mecanismos democr‡ticos de participaci—n ciudadana se ven fortalecidos a travŽs de su uso. Cada vez que una persona ejerce el sufragio en un referŽndum o en las elecciones generales, ratifica en ese mismo acto su confianza en el voto y la democracia representativa. A la inversa, el uso de otros medios no previstos por el ordenamiento jur’dico —o incluso, prohibidos por Žl— como forma de incidir en las decisiones del pa’s significa un menoscabo al gobierno electo popularmente y un irrespeto al voto emitido constitucionalmente por los conciudadanos.

ÒVistos los hechos, la Sala considera necesario evidenciar verdades jur’dicas que suelen darse por sentadas en una democracia consolidada y madura, como la costarricenseÓ, agrega el fallo un‡nime de los magistrados Fernando Castillo, Paul Rueda, Nancy Hern‡ndez, Luis Fernando Salazar, Anamari Garro y Ronald Salazar.

Descargue aqu’ la sentencia completa.