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Sala IV condena a Presidencia y Seguridad Pœblica por no levantar bloqueos

En criterio de los magistrados, el Poder Ejecutivo incumpli— con sus obligaciones de mantener el orden y la tranquilidad de la Naci—n, y tomar las providencias necesarias para el resguardo de las libertadas pœblicas

Juan Fernando Lara Salas. Hace 14 horas

Descripci—n: Imagen del pasado 5 de octubre en el Alto de Ochomogo, Cartago. Ese d’a, unas 20 personas mantuvieron bloqueo a unos trescientos metros al oeste de la entrada principal de Recope all’. Las filas de veh’culos, entre autobuses y furgones se extendieron varios kil—metros. Fotograf’a: Rafael PachecoImagen del pasado 5 de octubre en el Alto de Ochomogo, Cartago. Ese d’a, unas 20 personas mantuvieron bloqueo a unos trescientos metros al oeste de la entrada principal de Recope all’. Las filas de veh’culos, entre autobuses y furgones se extendieron varios kil—metros. Fotograf’a: Rafael Pacheco

Por unanimidad, la Sala Constitucional declar— con lugar un recurso de habeas corpus presentado contra los ministerios de la Presidencia y de Seguridad Pœblica por no levantar los bloqueos organizados por el grupo autodenominado Movimiento Rescate Nacional.

Para los jueces constitucionales, las autoridades recurridas debieron tomar medidas tanto proporcionadas como efectivas para restablecer la circulaci—n, por lo que se condena al Estado al pago de los da–os y perjuicios causados.

El habeas corpus (recurso que resguarda la libertad de tr‡nsito) se present— a favor de un ciudadano que el 1.¡ de octubre intentaba regresar a su casa desde de La Fortuna (San Carlos), pero top— con bloqueos en Nuevo Arenal, Bagaces, Ca–as y Pe–as Blancas de San Ram—n, conforme la sentencia N¡ 2020-19711.

Luego de varias horas de espera, el afectado se vio forzado a devolverse a La Fortuna para obtener alimentos, agua y gasolina, y buscar rutas alternas que le permitieran regresar a San JosŽ.

Para agravar la situaci—n, los manifestantes tambiŽn bloquearon las calles en Jabillos en Florencia de San Carlos y el puente sobre el r’o San Lorenzo en Bajo Los Rodr’guez. Al afectado no le qued— m‡s que quedarse en San Carlos.

En la sentencia, la Sala Constitucional declara su preocupaci—n por el desconocimiento e irrespeto hacia la institucionalidad, subraya que el recurso reiterado al bloqueo de caminos como medio para ejercer presi—n pol’tica, es hoy una deformaci—n de la verdadera naturaleza de las manifestaciones, originalmente concebidas como un ejercicio de la libertad de expresi—n y de reuni—n pac’fica.

Bloqueos se concentran en zona sur del pa’s: 12 de 11 cierres

Juan Fernando Lara Salas Hace 13 horas

ÒLa intenci—n de quienes convocaron a estas manifestaciones estaba dirigida espec’ficamente a paralizar o entorpecer infraestructura vital del pa’s, como los puertos, las v’as de ingreso y egreso terrestre y las carreteras" manifest— el magistrado Paul Rueda Leal, instructor del expediente, quien resalt— la basta jurisprudencia internacional sobre este punto, por ejemplo la sentencia del 7 de octubre de 2009 de Corte Europea de Derechos Humanos en el caso ƒva Moln‡r vs. Hungr’a.

Segœn esa sentencia, no puede considerarse que tal intenci—n constituya una vertiente leg’tima de la libertad de expresi—n pues su finalidad œltima no es ni expresar una opini—n o transmitir un mensaje, "sino la generaci—n de un da–o significativo al orden pœblico a efectos de obtener el resultado pretendidoÓ.

El Tribunal concluye que el uso de bloqueos o medios no previstos por el ordenamiento jur’dico –o incluso, prohibidos por Žl– como forma de incidir en las decisiones del pa’s significa un menoscabo a la institucionalidad, los derechos de la ciudadan’a, y el Estado Democr‡tico de Derecho.

(Video) Gobierno reacciona a sentencia de Sala IV

Defiende acciones

Con respecto a la actuaci—n del gobierno, la Sala observa una situaci—n similar a la acontecida en la sentencia N.¡ 2019-15221 (bloqueos en ruta 32), ya que la Fuerza Pœblica se limit— buscar el di‡logo, pero dej— en los manifestantes las decisiones con respecto al flujo vehicular, renunciando as’ a su autoridad y a salvaguardar los derechos de las personas afectadas por los bloqueos.

En s’ntesis, la Sala determina que el Poder Ejecutivo incumpli— con las obligaciones que le impone el art’culo 140, inciso 6, de la Constituci—n Pol’tica (mantener el orden y la tranquilidad de la Naci—n, y tomar las providencias necesarias para el resguardo de las libertadas pœblicas), as’ como lo establecido en la sentencia citada.

ÒEl Gobierno de la Repœblica respeta plenamente y, desde luego acoger‡ lo resuelto por la Sala Constitucional, pero es completamente necesario decir que el Ministerio de Seguridad Pœblica y el gobierno han actuado de manera plenamente diligente en esta emergenciaÓ, reaccion— el ministro de la Presidencia, Marcelo Prieto.

Segœn Prieto, la Administraci—n ha buscado el di‡logo pero advirti— de que, desde el inicio de las manifestaciones, el 30 de setiembre anterior, se han realizado 115 intervenciones en bloqueos.

ÒHay 100 polic’as heridos en esos esfuerzos, la acci—n del Ministerio de Seguridad Pœblica ha sido plenamente diligente y prudente y el gobierno respalda de forma plena al ministro Michael Soto, a los cuerpos policiales y la Fuerza Pœblica en generalÓ, agreg—.

Prieto, sin embargo, dijo que el gobierno coincide con el criterio de los magistrados en el sentido de que los bloqueos son una violaci—n a la libre circulaci—n y una forma de abuso en el derecho a la manifestaci—n. Incluso los considera una coacci—n en contra del gobierno y de sus ciudadanos.

ÒHacemos un llamado a los poqu’simos manifestantes que todav’a tienen puntos de bloqueo en el territorio nacional que los levanten para restituirle a los costarricenses la plenitud de sus derechos, que es el esfuerzo en el cual ha estado comprometido el Gobierno de la RepœblicaÓ, concluy—.

El Tribunal que resolvi— el habeas corpus lo conformaron Fernando Castillo V’quez (presidente), Paul Rueda Leal (magistrado instructor), Nancy Hern‡ndez L—pez, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya Garc’a, Anamari Garro Vargas, y el suplente Ronald Salazar.