
Corte autoriza realizar juicios penales en forma virtual por
pandemia
Protocolo
permite que jueces, defensores y fiscales estén en un lugar y los imputados en
otro sitio. Debate por asesinato de cinco personas en Cieneguita, Limón, es el
primero que se realiza mediante videoconferencia
< El
Tribunal Penal de Juicio de Limón realiza un debate contra seis imputados de
manera virtual. Jueces, fiscales defensores y un imputado están en Limón. Otro
cinco acusados ven y escuchan la audiencia desde los Tribunales en Goicoechea.
Foto cortesía Poder Judicial."/> El Tribunal Penal
de Juicio de Limón realiza un debate contra seis imputados de manera virtual.
Jueces, fiscales defensores y un imputado están en Limón. Otro cinco acusados
ven y escuchan la audiencia desde los Tribunales en Goicoechea. Foto cortesía
Poder Judicial.
La Corte
Plena promulgó un novedoso plan que permite la realización de juicios y
audiencias penales de forma virtual, en situaciones excepcionales, como en la
actualidad con la pandemia por covid-19.
La
decisión la adoptaron los magistrados desde el lunes anterior, pero fue hasta
este viernes en que se dio a conocer la lista completa de requisitos que deben
seguirse para la realización de esas diligencias en materia penal, en procesos
contravencionales, de ejecución de la pena y en penal juvenil.
En lo
esencial, el nuevo reglamento establece que el ideal es que los debates y
audiencias penales se realicen de manera presencial, pero que en casos de
riesgos de salud, como en el actual momento con el nuevo coronavirus, los
jueces o tribunales pueden recurrir a medios tecnológicos, que permitan
comunicarse en tiempo real todas las partes del proceso, aunque se encuentren
en diferentes lugares.
Con
anterioridad, la Corte había autorizado el
uso de la tecnología para casos civiles y laborales,
pero en la materia penal existían dudas de su aplicación.
Esto
último, porque en muchos casos el imputado se encuentra privado de libertad y
la legislación obliga a que tiene derecho al acceso a la justicia y a un debido
proceso. Eso significa que debe estar presente, con un defensor, en las
audiencias o juicios en los cuales se discuta si es culpable o inocente de un
delito.
Con el
nuevo protocolo, se permite que esa persona privada de libertad, estando en la
cárcel o en otro sitio o aposento, puede ser juzgado del delito que se le
atribuye en cualquier parte del país.
Solo se
requiere que esté escuchando por videoconferencia a jueces, fiscales,
defensores, testigos o peritos. Además de que debe tener un sistema de
comunicación directa con su abogado defensor y que no sea sometido a
intimidaciones, amenazas o coacciones.
Primer juicio
Precisamente,
el Tribunal de Juicio de Limón está juzgado en la actualidad a seis hombres
sospechosos de realizar el 2 de octubre del
2016, un mortal tiroteo en playa Cieneguita de Limón, en el cual murieron cinco
personas y otras seis resultaron heridas.
Para este
debate, por razones de seguridad y de salud, se decidió que los jueces, los
defensores, fiscales y los testigos estuvieran en los Tribunales de Limón. Ahí
los acompaña un imputado que está en libertad (Iván Vallejos Hernández).
En tanto,
los otros cinco imputados que guardan prisión preventiva como son Dinier
Estrada Jiménez, conocido como Ojos Bellos, Steven Estrada Jiménez, Elías
Ventura Estrada, Rudy Barrio Estrada y Jeffrey Ugalde Odio, permanecen en una
sala de juicio en los Tribunales de Goicoechea.
Las
partes en Limón tienen dos pantallas en las cuales están viendo de manera
constante a los implicados. En tanto, en Goicoechea, los acusados tienen video
en otra pantalla y, además, escuchan lo que ocurre en Limón.
En caso
de que algún implicado quiera hablar con su defensor levanta la mano, el juicio
se suspende y se permite la conversación vía telefónica. Si alguno pide que la
conversación sea privada, todas las demás partes deben desalojar la sala.
Luis
Rodríguez, juez coordinador del Tribunal Penal de Limón y quien es el
responsable de toda la logística del debate, dijo que el juicio se ha realizado
sin contratiempos.
“Las
debilidades que hemos notado las hemos convertido en fortalezas. Gracias a Dios
vamos por buen camino. El asunto ha sido un poco lento, es un experimento lo
que estamos haciendo, pero vamos bien. La defensa se ha portado de manera
extraordinaria. También la Fiscalía se ha comprometido. El desarrollo del
juicio se va dando de muy buena manera”, agregó.
< Los
defensores, en orden usual, Carlos Cartín, Keisly Allen Mckencie, John Quesada
Olivares y Andrea Picado Ceciliano, siguen el desarrollo del juicio en Limón.
Ellos se comunican por teléfono institucional con sus representados. Foto
cortesía Poder Judicial."/> Los defensores, en orden
usual, Carlos Cartín, Keisly Allen Mckencie, John Quesada Olivares y Andrea
Picado Ceciliano, siguen el desarrollo del juicio en Limón. Ellos se comunican
por teléfono institucional con sus representados. Foto cortesía Poder Judicial.
A favor y en contra
El
defensor público de Limón, John Quesada Olivares y quien representa a Barrio en
el juicio, dijo: “En mis 27 años como defensor el cambio no me ha afectado en
nada. Es un sistema nuevo. La comunicación con mi patrocinado ha sido fluida.
No se ha afectado el derecho de defensa. Tenemos un medio tecnológico, que nos
proporciona seguridad y salud”.
Otro
defensor en este caso Carlos Cartín, representante de Estrada, había
presentado un recurso de habeas corpus ante la Sala Constitucional solicitando
que el juicio se anulara porque mediante el sistema de videoconferencia existe
una violación al derecho de su representado de contar con un defensor a su
lado. Empero, ese recurso fue rechazado.
Otro
abogado litigante, Federico Campos Calderón, consultado sobre el tema de los
juicios y audiencias por videoconferencia manifestó: "Esto es una afrenta
contra las garantías judiciales contenidas en la Convención Americana sobre los
Derechos Humanos.
“Quienes
redactaron y aprobaron esto no tienen ni idea (...) de lo que significa ejercer
una defensa penal y, menos (...) de los riesgos adonde nos están llevando,
atropellándose la Ley y la Constitución Política por medio de un protocolo que
no puede derogar esas garantías”.
En
criterio de Campos las audiencias y testimonios virtuales “sólo muy
excepcionalmente deberían de aceptarse; pero se han venido implementado
gradualmente para alcahuetear a algunos testigos que deberían estar presentes
en un juicio”.
Aval a audiencias virtuales
En fechas
recientes, la Sala Constitucional ha avalado el uso de medios virtuales en
juicios o audiencias.
En la
sentencia 7051-2020, al rechazar un recurso de habeas corpus interpuesto
contra el Tribunal de Flagrancia de Liberia, Guanacaste, por haber realizado la
continuación de un debate con el imputado a través de videoconferencia, señaló
que la actuación del tribunal se basó en una situación objetiva, generada por
la emergencia por el coronavirus y que la medida implementada tuvo el propósito
de salvaguardar el derecho a la salud y a la vida de todos los actores
procesales, en especial del imputado que se encontraba en el CAI Gerardo
Rodríguez Echeverría, en Alajuela.
Un
criterio similar emitió la Sala Constitucional, en el voto 7446-2020, al
conocer sobre un reclamó porque se hizo una audiencia de prórroga de prisión
preventiva sin que el tribunal hiciera la gestión para trasladar al imputado
desde la cárcel donde se encontraba, sino que la realizó mediante
videoconferencia.
Para los
magistrados constitucionalistas "en el contexto de la situación de
emergencia sanitaria producto de la pandemia por covid-19, lo actuado por el
Tribunal recurrido (...) tuvo como finalidad proteger la salud y la vida del
encartado (...) En tiempos normales esto no se justificaría, pero tratándose de
situaciones de emergencias, donde está en riesgo la salud y la vida, no solo
del amparado, sino de toda la población, tal forma de proceder estaba más que
justificada”.