| Poder Judicial aplica protocolos de ingreso de personas usuarias a instalaciones y limpieza en salas de juicio | ||||
| Como medida de prevención de riesgos para la población interna y externa ante crisis sanitaria. | ||||
| Mónica Chavarría Bianchini Periodista
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión número 36-2020 aprobó el Protocolo de Ingreso de la Persona Usuaria a las Instalaciones y el Protocolo para Uso de las Salas de Juicio y Audiencias, con el objetivo de prevenir los riesgos del contagio del Covid–19 (Coronavirus). Los lineamientos que siguen dichos protocolos son los emitidos por el Ministerio de Salud y la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, así como las circulares 66 y 67 del Consejo Superior. La aplicación de estas reglas es de carácter obligatorio en todas las edificaciones judiciales. En cuanto al primer protocolo, toda persona que visite los edificios será consultada con especial respeto, por el personal de seguridad, si tiene algún síntoma como fiebre, tos seca, dolor de garganta, falta de aire, pérdida de olfato o del sentido del gusto. Como refuerzo de lo anterior, donde se cuente con un termómetro se les tomará la temperatura a las personas. Si obligatoriamente el usuario o la usuaria tienen que realizar el trámite, se les proporcionará una mascarilla, y se le indicará que se realice el lavado de manos en la entrada, donde se dispone de lavamanos, también se le aplicará alcohol en gel antes de su ingreso.
Con respecto al protocolo de uso de salas de juicio, antes de dar inicio a cada jornada laboral, cada una de las salas se limpia de manera que se desinfectan los estrados, las sillas, los micrófonos, los equipos de grabación y todos los demás implementos con los que cuentan las mismas; esta labor se repite en cada diligencia que se lleva a cabo en dichos recintos, o sea, en los espacios entre la finalización de una diligencia judicial y el inicio de otra. En el caso de requerir llevar a cabo juicios donde se tenga conocimiento de que la cantidad de intervinientes o personas presenciales será considerable, el despacho judicial debe coordinar con la administración regional del circuito judicial para que se valore si el metraje de las salas es suficiente, teniendo en cuenta que la capacidad máxima es de un 50%, respetando la distancia de seguridad de 1,8 metros. Si el debate no se realiza, se debe informar anticipadamente de la suspensión para evitar los traslados a los edificios judiciales. Según indicó Esteban Solano Alvarado, administrador del Primer Circuito Judicial de San José, se han programado limpiezas de todas las áreas comunes más transitadas, utilizando el producto desinfectante del Kit nit intensaclean disinfect, con el fin de reforzar las medidas antes mencionadas. |