
Nacionales
Sala IV analiza golpe en anualidades de mŽdicos
Tras acci—n de
inconstitucionalidad que meti— el sindicato

Mario Alberto Quesada, presidente del
Siname, espera que se respeten los derechos laborales de los funcionarios
pœblicos.
La Sala IV dio curso a la acci—n de
inconstitucionalidad que present— el Sindicato Nacional de MŽdicos
Especialistas (Siname) contra la modificaci—n de la manera de calcular el pago
de las anualidades en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Se trata espec’ficamente del decreto
ejecutivo 41729-Mideplan-H sobre la reforma a los art’culos 14, 17 y 22 del
decreto ejecutivo 41564-Mideplan-H, del reglamento del T’tulo III de la Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Pœblicas.
En la acci—n que se tramita bajo el
expediente 19-015299-0007-CO, Mario Alberto Quesada, presidente de Siname,
alega que se lesionan los derechos adquiridos y situaciones jur’dicas
consolidadas de los miembros de la organizaci—n que representa.
El dirigente sindical manifest— que
los diputados establecieron la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Pœblicas,
conocida como combo fiscal, respetando los derechos ya adquiridos de los
empleados pœblicos. Adem‡s apunt— que el legislador dispuso que los cambios
introducidos en la Ley de Salarios Pœblicos regir’an para el futuro y no
afectar’an los beneficios salariales que estuvieran devengando a la entrada en
vigencia de la ley.
De acuerdo con el Siname, el decreto
cuestionado modifica la forma de pagar y calcular las anualidades dejando de
cancelarlas en forma porcentual, pasando al pago nominal y haciendo un c‡lculo
retroactivo.
ÒConfiamos en que como corresponde a
un Estado de derecho se respeten los derechos laborales adquiridos, los cuales
son constitucionales e irrenunciablesÓ, declar— Quesada.
ÒEsta protecci—n de derechos fue el
eje central del acuerdo suscrito el 20 de febrero de 2019 entre los sindicatos
de la CCSS y las autoridades administrativas de la instituci—nÓ, a–adi— el
mŽdico.
Siname inform— que con la
modificaci—n del decreto hay una violaci—n flagrante de la Constituci—n
Pol’tica y va en contra del art’culo 56 del T’tulo III de la Ley No.9635: ÒLos
incentivos, las compensaciones, los topes o las anualidades remuneradas a la
fecha de entrada en vigencia de la ley ser‡n aplicados a futuro y no podr‡n ser
aplicados de forma retroactiva en perjuicio del funcionario o sus derechos
patrimonialesÓ.
La acci—n de inconstitucionalidad la
present— Siname en agosto de 2019.
PERIODISTA: Sergio JimŽnez
EMAIL: sergio.jimenez@diarioextra.com
S‡bado 11 Enero,
2020
HORA: 12:00 AM