Nacionales
Exigen a hospital dar medicina
a paciente
Fármaco fuera
de lista oficial de centro médico
17 de agosto de 2019
La Sala Constitucional exigió este viernes a la Caja Costarricense del
Seguro Social (CCSS), en específico al Hospital México, entregar una medicina
que no se encuentra en la lista oficial de medicamentos de la institución.
Se trata del Riociguat, el cual fue prescrito por
el médico tratante en el nosocomio para combatir la hipertensión pulmonar.
El paciente acudió a la Sala IV debido a que, a pesar de requerir el
medicamento y su médico se lo recetó, el Comité Central de Farmacoterapia de la
Caja rechazó la solicitud.
La decisión de los magistrados fue unánime y giraron la orden a la
institución de seguridad social por medio de la sentencia 2019-015241.
“La Sala tiene muy claro que se está en sede jurisdiccional-constitucional,
y no técnico-médica y que, por esta razón, se respeta el análisis del perito
nombrado a tal efecto, que es un tercero imparcial y cuya opinión técnica ha
sido contundente en cuanto a la situación del paciente”, manifestó el
magistrado Luis Fernando Salazar.
El perito que dio el criterio médico como especialista en neumología fue
nombrado por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.
Según señaló el galeno en su informe, la prescripción del medicamento es la
más adecuada, tomando en consideración que el Riociguat
es el único aprobado por la literatura médica para tratar el padecimiento del
amparado, además, fue claro al decir que no existe ninguna contraindicación
alguna para que se le suministre.
La hipertensión pulmonar es una presión alta en las arterias de los
pulmones, la cual hace que el lado derecho del corazón haga un esfuerzo mayor
al normal.
La presión sube cuando las pequeñas arterias de los pulmones se estrechan y
se les dificulta su función, es ahí donde el corazón se esfuerza. Además, con
el tiempo genera que el lado derecho del corazón crezca ocasionando
insuficiencia cardiaca en ese mismo lado, pero en el pulmón.
A finales de julio, los magistrados también señalaron a la Caja y le
ordenaron asegurar a una mujer quien dependía de su pareja. Antes del amparo,
la solicitud de aseguramiento se presentó a la institución, sin embargo, fue
negada porque la fémina no sumada tres años viviendo en unión libre con el
hombre.
En este caso, la Sala Constitucional señaló que había una flagrante
violación a la atención de la salud y al derecho de aseguramiento por
requisitos irrazonables y desproporcionados que vacían el contenido esencial de
derechos fundamentales.
http://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/396365/exigen-a-hospital-dar-medicina-a-paciente