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Sala IV ordena al MEP reincorporar a docente
que renunció durante cuadro depresivo
andres.navarro@monumental.co.cr
8 de enero 2019
La Sala Constitucional acogió un recurso de amparo
interpuesto contra el Ministerio de Educación Pública (MEP) por una funcionaria
que no fue reincorporada a sus labores tras renunciar debido a un cuadro de
depresión que sufrió durante el 2018.
La profesora del MEP dimitió a su trabajo debido a que
sufría un cuadro depresivo, sin embargo, posteriormente solicitó que se dejara
sin efecto su renuncia, respaldada por un dictamen médico. A pesar de ello, no
obtuvo ayuda por parte de las autoridades del Ministerio.
Ante esto, la Sala IV dejó sin efecto su renuncia al
argumentar que la funcionaria se encontraba en una condición de vulnerabilidad.
Además, el Tribunal indicó que la estabilidad que ofrece un empleo es muy
importante para facilitar la superación de problemas relacionados con
enfermedades, por lo que el patrono debe brindarle la posibilidad al empleado
de que se trate y rehabilite antes de interrumpir o cesar su relación laboral.
Fabián Volio, abogado constitucionalista, opinó que la
Sala no debió acoger este recurso de amparo.
Además, Volio
comentó que esta resolución estaría sentando un precedente sobre la figura de
los recursos de amparo.
La Sala Constitucional estuvo conformada por la
Magistrada Hernández López, encargada de presidirla, así como los Magistrados
Fernández Argüello, Picado Brenes, Salazar Murillo, Araya García, Salazar
Alvarado y Esquivel Rodríguez.