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Sala IV admite recurso sobre amnistías tributarias

Exigen que se publique lista de posibles beneficiados

 

Jueves 29 de noviembre de 2018

La Sala Constitucional acogió el recurso de amparo presentado por el diputado José María Villalta contra del Ministerio de Hacienda por no revelar la lista de los potenciales beneficiados con la amnistía tributaria.

 

Villalta considera que hay una clara violación del derecho de acceso a la información de interés público, derecho de enmienda y violación del principio de debate legislativo.

Cabe recordar que el proyecto 20.580, que está por votarse en el Congreso, incluye un apartado de amnistías. 

 

Lo que eso permite es que grandes empresas puedan acogerse al mecanismo y si tienen deudas con el fisco, solo paguen el principal, es decir que se condonan los intereses que se generaron en ese tiempo. También aplica a personas físicas. 

 

Según una comunicación del Frente Amplio, la resolución establece que el informe deberá rendirse en un plazo de 3 días hábiles a partir de la notificación. 

 

El artículo 115 del Código Tributario establece que “será de acceso público la información sobre los nombres de las personas físicas y jurídicas que tienen deudas tributarias con la Hacienda Pública y el monto de dichas deudas”. 

 

Las amnistías se otorgarían a morosos con tributos administrados por la Dirección General de Tributación, Dirección General de Aduanas, el Instituto Mixto de Ayuda Social, Instituto de Fomento Municipal, Instituto de Desarrollo Rural y otros.

 

“Confiamos en que la Sala mantendrá la misma línea de jurisprudencia más reciente y podremos tener acceso a esta información de evidente carácter público. No es posible pretender que las y los legisladores demos un voto consciente e informado sin al menos conocer quiénes se beneficiarán con esta medida”, señaló Villalta.

 

Agregó: “Hubiéramos preferido obtener la información directamente del Ministerio de Hacienda, pero lamentablemente nos vimos obligados a recurrir a la Sala IV”.

 

Esta lista que pide Villalta es distinta a la de grandes contribuyentes que declaran en cero o con pérdidas.