
Jueves 17 de marzo, 2005. San José, Costa Rica.
Cambio para revisar prisión preventiva
Tras fallo de la Sala IV
Carmen NAVARRO LEIVA
cnavarro@aldia.co.cr
Colaboró: Rodolfo MARTÍN
Un cambio para revisar la prisión preventiva, deberán aplicar a partir de ahora los jueces, según lo
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establece un fallo de la Sala Constitucional.
Esto significa que un juez penal podrá revisar la medida en cualquier momento del proceso mientras esté vigente.
Sin embargo, una vez que venza el periodo impuesto, no podrá prorrogarla de oficio. Esto significa que debe existir una solicitud del Ministerio Público para tramitar la causa.
Dicho criterio se estableció en el voto 2550-05 del 8 de marzo, cuando se resolvió un recurso de habeas corpus. Así lo confirmó la oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia.
El presidente del Colegio de Abogados de Costa Rica y exjuez superior penal, Gilberto Corella, señaló que con la resolución la justicia es la más beneficiada.
"El criterio jurisprudencial es importante, no solo por su connotación de vinculante, sino porque ahora permitirá que los jueces penales puedan revisar los alcances de esta medida cautelar con una mayor frecuencia", dijo.
Además, reconoció que las más beneficiadas son las personas sometidas a prisión preventiva, especialmente hoy, cuando esta medida es un regla.
El Código Procesal Penal indicaba que la prisión preventiva podía ser revisada, pero tras la resolución de la Sala IV, ahora esta medida debe revisarse.
Corella señaló, que en el caso del expresidente Rafael Ángel Calderón, quien abandonaría la cárcel el próximo martes, día que cumple los seis meses de prisión preventiva, el Ministerio Público deberá presentar una solicitud si considera que se le debe ampliar la medida.
Al Día intentó conversar con el abogado del exmandatario, Gonzalo Castellón, pero fue imposible contactarlo.
"La potestad que estaba decía que debe revisarse la prisión preventiva, ahora afirma que tiene que revisarse", concluyó Corella.