A solicitud de los usuarios

DEBER DE IDENTIFICARSE

 

          Cuando un usuario o usuaria de la administración de justicia solicita a un servidor judicial que le indique su nombre y cargo que ocupa, éste debe acceder, siempre que sea cuando se encuentre realizando asuntos propios de sus funciones laborales.
         Así mismo se indica que los servidores judiciales no deben solicitar al usuario las razones del por qué solicita la información.
        Lo anterior es una disposición del Consejo Superior del Poder Judicial en la sesión del 1 de febrero 2005, artículo XLIV. Dicha resolución del máximo órgano administrativo obedece a las políticas de transparencia, rendición de cuentas y humanismo que imperan en la filosofía de trabajo de este Poder de la República.
       Otras de las disposiciones que deben cumplir los servidores judiciales es la obligación de portar el carné en un lugar visible en la vestimenta y para ello el jefe de cada oficina debe vigilar que lo anterior se cumpla.