Opinión

Sentencia de la Sala Constitucional sobre política de uso justo

Juan Manuel Campos Ávila

El pasado viernes primero de setiembre, la Sala Constitucional dio a conocer el contenido íntegro de la sentencia sobre la política de uso justo de internet que resolviera la SUTEL con posterioridad a la homologación de los contratos que sometieron a la consideración del regulador las empresas que brindan servicios móviles celulares en el país. La trascendencia del voto, cuya aplicación constituye una sólida base jurisprudencial ha resuelto y reiterado los siguientes elementos:

INTERNET COMO DERECHO FUNDAMENTAL La Sala Constitucional luego de hacer un recuento de su propia jurisprudencia, nos vuelve a recordar que el servicio de Internet “se ha convertido en un elemento característico e imprescindible de la sociedad actual. La internet constituye una herramienta que potencia de manera incalculable el ejercicio de otros derechos fundamentales: democratiza el conocimiento al poner una cantidad inmensurable de información al alcance de cualquier persona; facilita la participación de los ciudadanos en la gestión estatal, fomentando la transparencia en la gestión pública; establece medios para que las personas puedan ejercer su libertad de expresión; constituye una herramienta de trabajo para muchas profesiones, incluso ajenas a la rama de las tecnologías de la información, etcétera”.

LA POLITICA DE USO JUSTO DEBE SER EXCEPCIONAL. La Sala ha concluido que el Estado y la Sutel deben garantizar un acceso mínimo a dicha red en donde la política de uso justo no puede ser una sanción sino un mecanismo de gestión de tráfico, en donde no cabe duda alguna que la entidad competente para determinar la velocidad mínima es la Sutel con miras a permitir “un acceso funcional y de calidad a Internet en resguardo de los derechos fundamentales de los usuarios. Más aún, vista la incuestionable evolución y progreso de las tecnologías de la información, el mínimo funcional en cuestión constituye un concepto dinámico que debe actualizarse conforme avance la diversidad de elementos tecnológicos que afectan a la Internet, como la riqueza de recursos (por ejemplo multimedia) que se ofrecen, los medios transmisión de datos, la capacidad de compresión de datos, la tecnología de los teléfonos inteligentes, entre otros. De ahí que tal mínimo deba ser revisado periódicamente a fin de procurar su vigencia y evitar que se convierta en un obstáculo al avance de la sociedad del conocimiento en libertad.

LA POLITICA DE USO JUSTO SOLO PUEDE APLICARSE CUANDO HAY CONGESTIÓN DE REDES. La Sala Constitucional ha dejado claro que la política de uso justo no puede aplicarse en forma ordinaria y a todos los usuarios, ya que obedece a una excepcionalidad que la constituye la eventual saturación de una red “la disminución de la velocidad únicamente puede darse para descongestionar el servicio”… “La Sala estima incorrecto referirse a los usuarios intensivos de Internet -aquellos que descargan un volumen mayor de datos- como usuarios ‘abusivos’. La connotación negativa que tiene el término ‘abusivo’ invita a pensar que las personas que hacen un mayor uso de Internet actúan de manera incorrecta, cuando lo cierto es que puede tratarse de usuarios que aprovechan mejor las ventajas que ofrece dicha tecnología. En ese tanto, etiquetarlos de ‘abusivos’ desincentivaría a quienes ahora más bien subutilizan la Internet, llevando a que continúen sin explotar a cabalidad el potencial de esa red”…. “Así las cosas, por tratarse de un mecanismo de gestión de tráfico que pretende descongestionar la red, la política de uso justo solo puede ser aplicada en la medida en que haya congestión en ella.”.

EL RETO DE SUTEL. La Superintendencia de Telecomunicaciones tiene por delante la definición de parámetros que establezcan la velocidad mínima funcional de acceso a internet. Sin embargo, el mayor desafío lo constituye el hecho de determinar si es posible mantener la imposición de límites de descargas para cada usuario si no existe congestión en la red del operador.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

 

EMAIL: redaccion@diarioextra.com

Lunes 11 Septiembre, 2017

 

HORA: 12:00 AM

 

CRÉDITOS: Juan Manuel Campos Ávila