Magistrados
obligan INS a pagar casa quemada
Fallo
histórico desnuda error de intermediario en póliza
Los magistrados de la Sala Primera del
Poder Judicial emitieron un fallo histórico que condenó al Instituto Nacional
de Seguros (INS) al pago de ȼ38.323.459 por daños provocados en un
incendio que consumió una casa que tenía una póliza 3 años vencida.
En apariencia todo se debe a una
negligencia del intermediario entre la institución y el cliente, que no fue
comunicada al afectado y demandante de apellidos Sequeira Durán.
El usuario solicitó, años atrás, una póliza
contra incendios denominada Hogar Seguro 2000, según documento 01-INC-26587,
luego de que su vivienda, ubicada en San Francisco de Dos Ríos, fue consumida
por las llamas en julio del 2010.
Según se les comunicó a los magistrados de
Sala Primera, la póliza en cuestión no se ejecutó ya que fue renovada por un
cambio en el agente asegurador y tras el movimiento venció el 23 de setiembre
del 2007.
Al indicarle eso al afectado, inició un
reclamo administrativo ya que manifestó que previo a esas fechas traspasó sus
pólizas a una nueva comercializadora de seguros, dejando claro que se
mantuvieran todas las condiciones.
Según el demandante, el nuevo agente de
apellidos Díaz Corrales tenía la orden de mantener las mismas coberturas y
montos de lo asegurado, pero contrario a la petición del cliente no se brindó
una asesoría que dejara claro los términos del traspaso y posteriormente la
aseguradora rechazó las apelaciones que presentó el afectado.
SENTENCIA
Luego del respectivo estudio del caso, la
Sala Primera señaló que el afectado fue víctima de negligencias de la agencia
aseguradora que provocó los errores administrativos que motivaron la negativa
del pago.
Los magistrados puntualizaron errores de
bulto y dieron especial énfasis a la afectación del consumidor de seguros en
cuanto a la poca información que recibió y que posteriormente le afectó.
“Lo establecido en los hechos probados
números 15, 23, 27 y 28 del expediente demuestra no solo que el señor Díaz
Corrales obtuvo la información de la sede del INS en Guadalupe, sino que dicha
información, además, fue dada en forma incorrecta, insuficiente y confusa, lo
cual confirma también en los hechos probados”, reza la resolución de la Sala.
HISTÓRICO
Sequeira Durán aseguró a la Sala Primera
que en el tiempo en que su propiedad permaneció sin seguro nunca fue alertado
ni notificado por el INS ni por la agencia sobre la situación que las entidades
sí conocían de antemano.
Para el abogado Boris Molina, experto en
derechos humanos, de seguros y director de la Federación de Asociaciones de
Consumidores y Usuarios, el fallo dicta un precedente importante en cuanto a la
cobertura de las pólizas.
La obligatoriedad de la agencia es
trascendental en cuanto a la obligación y responsabilidad del intermediario de
seguros, que actuó en este caso.
“La Sala Primera, que es la última
instancia judicial en esta materia, determina que la aseguradora debe responder
por los errores de sus intermediarios, porque el consumidor no tiene culpa de
no haber recibido la asesoría o el servicio adecuado y, por lo tanto, obliga a
la aseguradora a que pague la indemnización”, explicó Molina.
DIARIO EXTRA realizó la consulta ante las
autoridades del INS y manifestaron que el fallo fue notificado en las últimas
horas por lo que está en una etapa de análisis.
“Sin embargo se aclara que el INS es
respetuoso de las resoluciones judiciales y se acatará la misma en los términos
de la resolución”, dijeron en comunicado de prensa.
Además de los ȼ38 millones
correspondientes al seguro de la vivienda, la Sala obliga al pago de ȼ5,6
millones por desembolsos de alquileres que realizó el ofendido mientras se
llegaba a un arreglo.