Viernes 16 de septiembre de 2016
Nacionales
Sala IV ordena
respetar 8% del PIB para educación
Que dicta la Constitución Política
La Sala
Constitucional ordenó a los poderes Ejecutivo y Legislativo no volver a ignorar
el mandato constitucional de otorgar el 8% del Producto Interno Bruto (PIB) a
la educación.
Esto tras resolver
una acción de inconstitucionalidad interpuesta contra el presupuesto nacional
2015, en el que las autoridades no cumplieron con dicho mandato.
Así consta en la
sentencia 012803-16 de las 11:21 horas del 7 de setiembre, donde la Sala
declara inconstitucional el Título 210-Ministerio de Educación Pública, del
artículo 2 de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
del Ejercicio Económico 2015.
“Se declara con
lugar la acción, en consecuencia, se declara la inconstitucionalidad por
omisión del Título 210-Ministerio de Educación Pública del artículo 2º de la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico 2015 (N°9289 de 1 de diciembre de 2014), por no cubrir el monto
mínimo del 8% de gasto público en educación estatal, previsto en el artículo 78
de la Constitución Política”, dicta la sentencia.
Además los
magistrados piden que se informe a los poderes Ejecutivo y Legislativo para que
no se vuelva a presentar esta situación y se le otorgue el porcentaje que la
ley establece a la educación pública.
“Se previene al
Poder Ejecutivo y a la Asamblea Legislativa no volver a incurrir en la omisión
que dio mérito para acoger esta acción”, dicta la resolución.
Esta sentencia se
da en momentos que la Asamblea Legislativa discute el presupuesto nacional para
2017, el cual nuevamente no cumple con lo establecido para la educación.
PERIODISTA: Jarmon Noguera González