Diario Extra

Viernes 16 de septiembre de 2016

 

Nacionales

Sala IV ordena respetar 8% del PIB para educación

Que dicta la Constitución Política

 

La Sala Constitucional ordenó a los poderes Ejecutivo y Legislativo no volver a ignorar el mandato constitucional de otorgar el 8% del Producto Interno Bruto (PIB) a la educación.

 

Esto tras resolver una acción de inconstitucionalidad interpuesta contra el presupuesto nacional 2015, en el que las autoridades no cumplieron con dicho mandato.

 

Así consta en la sentencia 012803-16 de las 11:21 horas del 7 de setiembre, donde la Sala declara inconstitucional el Título 210-Ministerio de Educación Pública, del artículo 2 de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República del Ejercicio Económico 2015.

 

“Se declara con lugar la acción, en consecuencia, se declara la inconstitucionalidad por omisión del Título 210-Ministerio de Educación Pública del artículo 2º de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2015 (N°9289 de 1 de diciembre de 2014), por no cubrir el monto mínimo del 8% de gasto público en educación estatal, previsto en el artículo 78 de la Constitución Política”, dicta la sentencia.

 

Además los magistrados piden que se informe a los poderes Ejecutivo y Legislativo para que no se vuelva a presentar esta situación y se le otorgue el porcentaje que la ley establece a la educación pública.

 

“Se previene al Poder Ejecutivo y a la Asamblea Legislativa no volver a incurrir en la omisión que dio mérito para acoger esta acción”, dicta la resolución.

 

Esta sentencia se da en momentos que la Asamblea Legislativa discute el presupuesto nacional para 2017, el cual nuevamente no cumple con lo establecido para la educación.

 

 

PERIODISTA: Jarmon Noguera González