Actos terroristas se
castigarán con penas de entre 5 a 15 años
País busca ponerse al día en normativa
internacional.
19 de julio, 2016 | 12:02 AM
El país busca
actualizar su legislación en materia del financiamiento a actos terroristas,
para lo cual los diputados dieron primer debate a una reforma a la ley de
estupefacientes para atender de manera prioritaria el cumplimiento de los
estándares internacionales específicamente vinculados al tema de la lucha
contra el terrorismo.
Una vez que
el proyecto se convierta en ley de la República, se castigaría con penas de
prisión de entre 5 a 15 años a la persona que financie actos terroristas, pero
también para quienes participen, organicen o reciban entrenamientos para actos
de esta índole, aunque no se ejecuten.
El proyecto
reforma varios artículos de la ley de estupefacientes y el 69 bis que establece
dicha pena a quien:
“por
cualquier medio y de manera directa o indirecta, recolecte, oculte, provea,
promueva, facilite o de cualquiera otra forma coopere con la recolección o la
entrega de los fondos, productos financieros, recursos o instrumentos, u otros
activos, medios o servicios de cualquier clase, en el país o en el extranjero,
con la intención o el conocimiento de que estos se utilicen o destinen, total o
parcialmente, al financiamiento de:
1.
Actos terroristas (aunque no lleguen a ejecutar)
2.
Organizaciones o individuos declarados como terroristas o que
tengan fines terroristas
3.
Cualquier acto destinado a causar la muerte a una persona que no
participe directamente en las hostilidades en una situación de conflicto
armado, cuando, el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto, sea
intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización
internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo, aunque estos no
lleguen a ejecutarse.
4.
Cualquier acto destinado a causar lesiones corporales graves a
un civil o a cualquier otra persona que no participe directamente en las
hostilidades en una situación de conflicto armado, cuando, el propósito de
dicho acto, por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población u
obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a
abstenerse de hacerlo, aunque estos no lleguen a ejecutarse.
5.
El viaje de persona o personas distintas a sus países de
nacimiento o residencia con el propósito de cometer, planificar, preparar o
participar en actos terroristas o proporcionar o recibir entrenamiento, aún sin
que se cometan actos terroristas.
Para el
diputado liberacionista Ronny Monge, quien preside la Comisión de Seguridad y
Narcotráfico, es relevante que se esté separando la tipicidad se cuando se
causa la muerte a una persona y cuando hay lesiones.
Esto fue una
recomendación de la Fiscalía General de la República y fue una modificación que
se le agregó al proyecto de ley original.
La nueva ley
establece también una relación más estrecha entre el Ministerio Público y la
Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas, que
permite que en caso de una investigación notificar a las instituciones
pertinentes para el congelamiento de dinero y bienes de forma inmediata.
“El proyecto
aprobado permite combatir de mejor forma el terrorismo, mediante un ágil
procedimiento para el congelamiento de recursos utilizados en el financiamiento
del terrorismo, a la vez que evita el riesgo de que se encasille a Costa Rica
dentro de listas de países que no combaten el terrorismo”, resumió el jefe de
fracción del Partido Unidad Social Cristiana, Gerardo Vargas Rojas.
Podría
recibir segundo debate el próximo jueves, si se reciben a tiempo consultas
realizadas a varias instituciones.