Actos terroristas se castigarán con penas de entre 5 a 15 años

País busca ponerse al día en normativa internacional.

19 de julio, 2016 | 12:02 AM

 

Bharley Quirós

El país busca actualizar su legislación en materia del financiamiento a actos terroristas, para lo cual los diputados dieron primer debate a una reforma a la ley de estupefacientes para atender de manera prioritaria el cumplimiento de los estándares internacionales específicamente vinculados al tema de la lucha contra el terrorismo.

Una vez que el proyecto se convierta en ley de la República, se castigaría con penas de prisión de entre 5 a 15 años a la persona que financie actos terroristas, pero también para quienes participen, organicen o reciban entrenamientos para actos de esta índole, aunque no se ejecuten.

El proyecto reforma varios artículos de la ley de estupefacientes y el 69 bis que establece dicha pena a quien:

“por cualquier medio y de manera directa o indirecta, recolecte, oculte, provea, promueva, facilite o de cualquiera otra forma coopere con la recolección o la entrega de los fondos, productos financieros, recursos o instrumentos, u otros activos, medios o servicios de cualquier clase, en el país o en el extranjero, con la intención o el conocimiento de que estos se utilicen o destinen, total o parcialmente, al financiamiento de:

 

1.     Actos terroristas (aunque no lleguen a ejecutar)

2.     Organizaciones o individuos declarados como terroristas o que tengan fines terroristas

3.     Cualquier acto destinado a causar la muerte a una persona que no participe directamente en las hostilidades en una situación de conflicto armado, cuando, el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo, aunque estos no lleguen a ejecutarse.

4.     Cualquier acto destinado a causar lesiones corporales graves a un civil o a cualquier otra persona que no participe directamente en las hostilidades en una situación de conflicto armado, cuando, el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo, aunque estos no lleguen a ejecutarse.

5.     El viaje de persona o personas distintas a sus países de nacimiento o residencia con el propósito de cometer, planificar, preparar o participar en actos terroristas o proporcionar o recibir entrenamiento, aún sin que se cometan actos terroristas.

Para el diputado liberacionista Ronny Monge, quien preside la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, es relevante que se esté separando la tipicidad se cuando se causa la muerte a una persona y cuando hay lesiones.

Esto fue una recomendación de la Fiscalía General de la República y fue una modificación que se le agregó al proyecto de ley original.

La nueva ley establece también una relación más estrecha entre el Ministerio Público y la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas, que permite que en caso de una investigación notificar a las instituciones pertinentes para el congelamiento de dinero y bienes de forma inmediata.

“El proyecto aprobado permite combatir de mejor forma el terrorismo, mediante un ágil procedimiento para el congelamiento de recursos utilizados en el financiamiento del terrorismo, a la vez que evita el riesgo de que se encasille a Costa Rica dentro de listas de países que no combaten el terrorismo”, resumió el jefe de fracción del Partido Unidad Social Cristiana, Gerardo Vargas Rojas.

Podría recibir segundo debate el próximo jueves, si se reciben a tiempo consultas realizadas a varias instituciones.