06:29 AM / Miércoles 04 de noviembre, 2015
Marco Antonio González | marco.gonzalez@laprensalibre.cr
El matrimonio fue disuelto. Foto con fines ilustrativos.
Nacional
Una
mujer de aproximadamente 51 años de edad no recibirá la
pensión de su esposo, 29 años mayor que ella, pese a
haberse divorciado.
Así lo determinó la Sala II
de la Corte Suprema de Justicia, quien informó que el divorcio
se confirmó por sevicia (crueldad excesiva o mal trato).
El
caso indica que dicha mujer se casó con el hombre, al parecer
por recibir este beneficio económico, pues cuando contrajeron
matrimonio, el hombre de aproximadamente 80 años de edad,
estaba enfermo y requería ayuda para realizar las labores
diarias.
Aunado a eso, la mujer, durante los pocos meses de
convivencia, era una persona con una condición de
independencia normal.
Así
las cosas, los magistrados de la Sala Segunda determinaron que la
valoración de la prueba aportada por los testigos “fueron
claras al señalar que el actor no tuvo comunicación con
su familia durante la convivencia… cuando regresó a la
casa de la hermana lo hizo en muy mal estado de salud e incluso
cuando se toparon a la recurrente en la calle, ella se refirió
en forma despectiva sobre el actor y manifestó su interés
por la pensión".
La Sala consideró que
estos aspectos podrían considerarse para determinar que el
adulto mayor estaba en una situación vulnerable y expuesto a
cualquier manipulación o abuso.
“Este marco no
puede ignorarse en la valoración de las pruebas y de los
hechos que se invocan como causal de sevicia, pues si bien esta
normalmente consiste en hechos de gravedad que justifican la
desvinculación, ciertas conductas o comportamientos de uno de
los cónyuges que puede considerarse de escasa o poca gravedad
en una situación normal, en un caso como el presente en que la
conducta agresiva proviene de quien se encuentra en condiciones de
ventaja, debe considerarse grave", añadió la
decisión de los magistrados.
En conclusión, el
fallo disolvió el vínculo matrimonial.
Asimismo,
estableció contra la cónyuge la pérdida de su
derecho a solicitar pensión a su favor y el pago de daños
y perjuicios por la sevicia probada.
Además, la
sentencia conservó a favor del actor su derecho a exigir
alimentos, y se ordenó testimoniar piezas de este asunto ante
la Fiscalía para que se investigue la posible comisión
del delito de abuso contra incapaz.
El divorcio se confirmó
por sevicia, así quedó establecido en la resolución
de casación de Familia, 2015-000849.