San José, Costa Rica | Edición: Miércoles 14 de octubre del 2015
NACIONALES
Las autoridades del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), deberán brindar, en seis meses, el servicio de telefonía fija tradicional a la comunidad de Carbón, ubicado en Cahuita de Talamanca, esto luego de que los magistrados de la Sala IV declararán parcialmente con lugar un recurso de amparo interpuesto por varios vecinos del lugar.
Los recurrentes se vieron en la obligación de interponer el recurso de amparo debido a que el ICE les indicó que no podía prestar el servicio de telefonía fija tradicional, porque la red de cobre más cercana, para dar el servicio estaba a 2,2 kilómetros y que había factores de rentabilidad que les impiden prestar los servicios reclamados, que son para la Escuela Carbón 1.
El ICE tiene hasta marzo del 2016 para llevar el servicio a la escuela Carbón 1, en Cahuita, Talamanca.
En su análisis, los magistrados determinaron que el ICE es el único que puede ofrecer el servicio de telefonía fija tradicional, debido a que este no se abrió a competencia, al tiempo que se encuentra dentro de los servicios considerados públicos de interés general y de índole esencial.
“Precisamente, dentro de esa gama de servicios públicos de interés general, encontramos el servicio telefónico fijo. Incluso, esta Sala ha reconocido, con anterioridad, que el agua, la luz y el teléfono son servicios básicos derivados del derecho a la salud y a la vida, por lo que merecen protección no solamente del Estado, sino también de los particulares”, razonaron los magistrados.
En consecuencia, la sentencia emitida el 22 de setiembre anterior, entre otros detalla: “se le ordena a Carlos Manuel Obregón Quesada, en su condición de presidente ejecutivo del Instituto Costarricense de Electricidad, o a quien en su lugar desempeñe ese cargo, que tome las medidas de su competencia a efecto que en el plazo de seis meses contado a partir de la notificación de la presente resolución se le brinde a la comunidad de Carbón el servicio de telefonía fija tradicional”, y se le ordena al ICE el pago de las costas, daños y perjuicios causados.
Krissia Morris Gray | Miercoles 14 Octubre, 2015
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