Esposas tienen derecho a ganancias de acciones

De empresas de sus maridos

La Sala Segunda estableció que las mujeres tienen derecho a recibir los réditos de las empresas en las que sus maridos tengan acciones, luego de fallar a favor de una esposa que así lo solicitó.

 

En la resolución, 2015-000241, se establece que la expareja tiene derecho a estas ganancias como parte de los bienes gananciales durante el tiempo que perduró la relación de hecho,  concluyó la Sala Segunda.

 

La Sala indicó que, aunque las acciones no pertenecían a la mujer, las ganancias que recibía su expareja “...le generaba frutos civiles sobre los cuales le correspondía derecho sobre la ganancialidad...”. “En sus alegatos el demandado señala que no le pertenecen las acciones de la empresa..., sino únicamente el usufructo sobre estas, no obstante, de dicho usufructo emanan frutos civiles que deben incorporarse a la masa, siendo entonces que a la actora le corresponde el derecho sobre la ganancialidad de las 118 acciones de la sociedad señalada, tal  como resuelve el tribunal”, determinó la resolución de la Sala Segunda.

 

El Juzgado de Familia declaró con lugar el proceso ordinario y reconoció la unión de hecho entre las partes, que consta desde agosto de 1993 y hasta febrero del 2011. En aquel momento el juzgado solamente reconoció las ganancias de dos vehículos.

 

La demandante apeló la sentencia y el Tribunal de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, confirmó la sentencia recurrida y además determinó que el usufructo que poseía el demandado sobre las 118 acciones de una compañía, es un bien ganancial.

 

Ante esta situación el demandado elevó el caso al Tribunal de Apelaciones y luego a la Sala Segunda, la cual dio la razón al fallo del Tribunal de Familia del Primer Circuito Judicial de San José.

Erick Carvajal Mora | Viernes 07 Agosto, 2015 erick.carvajal@diarioextra.com