Definen lineamientos en evaluación del desempeño y rendición de cuentas
Corte Plena aprueba texto para proyecto de ley de regulación interna del Poder Judicial.
Andrea Marín Mena
Periodista

La redacción del texto informativo estuvo a cargo de los magistrados Orlando Aguirre Gómez y Rolando Vega Robert, integrantes de la Sala Segunda y el magistrado Ernesto Jinesta Lobo, quien integra la Sala Constitucional.

La evaluación de la gestión, el desempeño y la rendición de cuentas en el Poder Judicial adquiere forma con la aprobación, el pasado 27 de abril 2015 por parte de Corte Plena, de la propuesta de proyecto de ley.

El texto pretende normar aspectos puntuales sobre el tema, que involucra a todos los ámbitos que integran el Poder Judicial.

Los magistrados Orlando Aguirre Gómez y Rolando Vega Robert, integrantes de la sala Segunda y el Magistrado Ernesto Jinesta Lobo, quien integra la Sala Constitucional tuvieron a cargo por mandato de Corte Plena la redacción del texto normativo.

El contenido del proyecto fue puesto en conocimiento a las agrupaciones gremiales del Poder Judicial previo su conocimiento y aprobación por Corte Plena.

La propuesta denominada “Ley del Sistema Integral de la Evaluación de la Gestión, el Desempeño y la Rendición de cuentas en el Poder Judicial”, busca que la institución cumpla con el principio de transparencia, a través de una norma legal general y articulada para la efectividad del quehacer judicial.

El sistema estará integrado por dos subsistemas. El sistema de evaluación de la gestión institucional, que abarca las jurisdicciones y órganos auxiliares y administrativos de la institución y el sistema de evaluación individual del desempeño, aplicable a todas las personas que tienen una relación de servicio con la institución, sean propietarias o internas y de todos los ámbitos judiciales.

Incorpora principios rectores, derechos de las personas usuarias, estándares e indicadores de desempeño institucional e individual y las causales de despido.

La estructura orgánica define las funciones de los entes encargados de aplicar la evaluación. Así, el Consejo de la Judicatura, asumirá la evaluación del desempeño individual de los jueces y juezas, en el ejercicio de su función jurisdiccional.

El Consejo de Personal evaluará a todos los técnicos, coordinadores y personal auxiliar de los despachos judiciales. La Comisión de Evaluación del Sector Administrativo evaluará a toda persona que tenga relación de servicio con el Poder Judicial, en funciones exclusivamente administrativas.

El Ministerio Público, la Defensa Pública y el Organismo de Investigación Judicial contarán con su propia Comisión de Evaluación.

Los magistrados y magistradas deberán rendir un informe anual a la Corte Plena, sobre el desempeño de funciones jurisdiccionales, de gobierno y administrativas, cumpliendo con el artículo 158 de la Constitución Política.

Una vez que el acuerdo adquiera firmeza con la aprobación del acta se remitirá al Ministerio de Justicia y Paz para el trámite legislativo que constitucionalmente corresponde a la iniciativa de ley.

Lic. Eduardo Castellón Ruiz
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Licda. Andrea Marín Mena
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Licda. Sandra Castro Mora
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