Regulan aplicación de incentivo por regionalización en el Poder Judicial
Para nombramiento de jueces y juezas idóneas en zonas alejadas y que registran dificultad para completar ternas.
Andrea Marín Mena
Periodista

El incentivo es una iniciativa de la Presidencia de la Corte para garantizar el servicio efectivo de administración de justicia en zonas que lo requieren.

Una acción más concreta tiene el Poder Judicial para mejorar el servicio que se brinda en las zonas alejadas del país y de mayor conflicto social, con la regulación del incentivo de regionalización, beneficio que se otorgará a los jueces y juezas que participen en estas ternas.

El incentivo es un proyecto propuesto por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia y aprobado durante el trabajo que realizó la Comisión Investigadora sobre Penetración del Crimen Organizado y Narcotráfico y Corte Plena.

Es un incentivo salarial de carácter excepcional, para los puestos de la judicatura, en los que el Consejo Superior determine necesario para el buen funcionamiento de la Administración de Justicia.

“…se concederá a aquellos puestos de la judicatura en los que se determine la dificultad en la integración de ternas con personas del escalafón correspondiente; o cuando los órganos a quienes corresponde realizar los nombramientos ordenen la reposición de una terna por razones de conveniencia para el mejor servicio público; o bien, cuando el puesto haya presentado una rotación constante e inconveniente en sus nombramientos”, detalló el reglamento.

El Consejo de la Judicatura propondrá al Consejo Superior la lista de los puestos que presentan una alta e indebida rotación en sus nombramientos, para el incentivo, así lo señala el artículo 3.

Esta compensación será un porcentaje adicional sobre el salario base del puesto y es independiente del pago por zonaje. Este pago no generará derecho adquirido alguno para quienes ocupen el puesto.

La incapacidad o licencia con goce de salario por más de un mes, suspenderá el pago de dicho beneficio, con excepción de la licencia por maternidad. Y el reconocimiento corresponderá a la persona que ocupe el puesto en sustitución.

El Consejo de la Judicatura y la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, harán una revisión anual y propondrá al Consejo Superior si mantiene o revoca el incentivo a los puestos a los cuales se ha reconocido.

Tres meses después de la publicación del reglamento, el Consejo de la Judicatura deberá proponer al Consejo Superior los puestos y porcentajes a reconocer como incentivo por regionalización y la disponibilidad presupuestaria existente.

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