Gobierno pide a Sala rechazar acción que exigiría salida de jerarca
Escrito por Irina Grajales Navarrete |
Viernes 18 de Julio de 2014 00:00 |
Álvaro Orozco, ciudadano costarricense, presentó una acción de inconstitucionalidad en la cual alegaba que Melvin Jiménez no puede ser Ministro de la Presidencia, porque es obispo luterano. Orozco considera que el nombramiento del Ministro infringe el artículo 142 de la Constitución Política. Esa norma pide que los jerarcas de los ministerios pertenezcan al estado seglar; es decir que no ostenten cargos religiosos. Sin embargo, esta semana Casa Presidencial solicitó a los “magistrados rechazar de plano la acción o declararla fuera de lugar”, para lo cual aseguró que “Melvin Jiménez fue dispensado de la Iglesia Luterana y de todas sus órdenes ministeriales”. De igual forma, argumentan que la acción en su contra carece de legitimidad, pues “no lesiona ni amenaza ningún derecho fundamental del actor”, quien “no acude tampoco en defensa de intereses colectivos o difusos”. “Al quedar demostrado que el nombramiento del Ministro de la Presidencia no lesiona derechos fundamentales a la igualdad ni a la libertad religiosa, se les solicitó a los magistrados rechazar de plano la acción, por carecer de toda fundamentación”, aseguró Casa Presidencial. Asimismo, añadió que “el señor Orozco no estaba legitimado para interponerla o, si no la rechaza, que la declare fuera de lugar, pues Melvin Jiménez no pertenece al estado seglar”.
Parte legal
El proceso de inconstitucionalidad es cuando una persona reclama ante la Sala Constitucional una norma que puede ser un decreto o una en contra de una ley. “En este caso, la parte que presentó el decreto de inconstitucionalidad no lo hace contra el Ministro, sino contra el decreto que lo nombra como Ministro, por estimar que va en contra de la Constitución Política”, explicó Ewald Acuña, abogado. Acuña señaló que la Sala ahora está analizando si el decreto que lo nombra como Ministro presenta una contradicción o no. En relación con la dispensa que señala Casa Presidencial, el abogado explicó que eso le corresponde valorarlo a la Sala. “La dispensa, y esto a quien le corresponde valorarlo es a la Sala, significa que no tiene obligaciones (funciones) dentro de la Iglesia Luterana, pero no deja de ser obispo dentro de esta”, aseguró el abogado Ewald Acuña. Por su parte, Erick Umaña, de la Dirección Ejecutiva de la Iglesia Luterana en Costa Rica, confirmó que al Ministro solo lo imposibilita “llevar funciones pastorales”. Melvin Jiménez fue consagrado como obispo de la Iglesia Luterana el 27 de abril del 2008.Sala Constitucional analiza el caso del nombramiento del ministro Melvin Jiménez. |