Magistrados dieron raz—n a Grupo Extra

Sala IV veta rastreos telef—nicos a periodistas

POR Hulda Miranda P. / hulda.miranda@nacion.com - Actualizado el 22 de marzo de 2014 a: 12:00 a.m.

Jueces dijeron que se violaron derechos a intimidad y a la no revelaci—n de fuentes

Se anul— escucha que era prueba en caso contra polic’a por fuga de informaci—n

 

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia prohibi— a la Polic’a rastrear llamadas telef—nicas de periodistas con el fin de descubrir quiŽnes son sus fuentes.

Los magistrados adoptaron esa decisi—n ayer, por unanimidad, al resolver un recurso de amparo interpuesto por el Grupo Extra.

Esa empresa de comunicaci—n aleg—, en enero, que el Organismo de Investigaci—n Judicial (OIJ) y la Fiscal’a conocieron las llamadas hechas y recibidas por el periodista del Diario Extra, Manuel Rodr’guez Estrada, como parte de una investigaci—n de la polic’a judicial contra una agente de apellido Fonseca, a quien se acusa de filtrar informaci—n confidencial.

La empresa argument— que se viol— el derecho de los comunicadores a reservarse las fuentes y present— el amparo contra el director del OIJ, Francisco Segura, y los fiscales JosŽ çngel Pe–aranda Chaverri y W‡lter Espinoza Espinoza.

La Sala IV aval— el reclamo.

ÒEl periodista no estaba siendo investigado, era un tercero ajeno. Hicimos un an‡lisis de proporcionalidad, para ver si lo que se pretend’a investigar se pod’a indagar por medios menos gravosos. Llegamos a la conclusi—n de que fue desproporcionado, no era razonable ni necesario; por consiguiente, decimos que hay una violaci—n al derecho a la intimidad que cubre a cualquier personaÓ, explic— el presidente de la Sala IV, G’lbert Armijo.

El magistrado agreg—: ÒEn este caso, al obtenerse quiŽn era la fuente, se deja sin contenido esencial la protecci—n que deben tener los periodistas en su trabajo. Siendo la difusi—n de informaci—n esencial en una sociedad democr‡tica como la nuestra, consideramos que hay una violaci—n constitucionalÓ.

Los magistrados ordenaron anular los registros de llamadas vinculadas con el periodista, los cuales son usados como prueba en el proceso penal contra la agente judicial. Adem‡s, advirti— a las autoridades de que no incurran nuevamente en esos actos.

Los rastreos telef—nicos est‡n permitidos en nuestro pa’s sin la orden de un juez. Estos consisten en obtener un registro de las llamadas entrantes y salientes y se diferencian de las intervenciones, en las que se escuchan conversaciones.

Precedente. Iary G—mez, gerente general del Grupo Extra, dijo estar satisfecha con la resoluci—n de la Sala IV pues se Òratifica nuestro derecho a cuidar nuestras fuentesÓ.

ÒLo que tenemos por ahora es parte de la sentencia, pero estamos muy contentos porque es un Žxito para todo el gremio que la Sala (IV) diga d—nde est‡n los l’mitesÓ, expres— G—mez.

El fiscal general, Jorge Chavarr’a, dijo ayer, mediante la oficina de prensa del Ministerio Pœblico, que no hab’a sido notificado.

No obstante, con base en lo divulgado por la Sala Constitucional, indic—: ÒSe infiere que la anulaci—n parcial y particular toma en cuenta la especificidad de un rastreo telef—nico cuando se trata de periodistas, pero no afecta el uso del rastreo para otros casos, lo cual es muy importante para la Fiscal’aÓ.

Agreg— que se tomar‡ en cuenta en el futuro la excepci—n que se aplica para los comunicadores.

Sobre la anulaci—n de la prueba para la causa contra Fonseca, Chavarr’a manifest— que Òla Fiscal’a continuar‡ con la investigaci—n con el fin de establecer o no su responsabilidad, independiente de ese medio de prueba anuladoÓ.

El director del OIJ, Francisco Segura, no se refiri— al asunto.

Criterios. Tras resolver el amparo, los jueces hicieron anotaciones adicionales, en forma separada.

Por ejemplo, Armijo y Paœl Rueda Leal estimaron que los rastreos en cualquier caso deben requerir orden de un juez.

La magistrada Nancy Hern‡ndez se–al— que la aprobaci—n judicial se necesita cuando afecte a un periodista.

Ernesto Jinesta apunt—, por su parte, que ni con orden de un juez se debe permitir el rastreo telef—nico a un periodista o a su fuente.