
Cl’nicas privadas deber‡n dar incentivos a doctores
Esta norma lo que dispone es que todos los profesionales en salud que
estŽn contratados ya sea por el Estado o por un ente privado se rijan por
acuerdo de partes, pero no se les podr‡ dar condiciones inferiores a las
estipuladas en dicha ley.
Lunes 16 de Septiembre del 2013
Por: Ana V. Amen‡bar C.
Las
cl’nicas privadas que contratan mŽdicos para dar servicios de salud no podr‡n
ofrecerles menores beneficios que los que tienen los mismos funcionarios en los
hospitales de la Caja Costarricense de Seguro Social.
As’ lo
orden— la sentencia 12014-13 de la Sala Constitucional al declarar sin lugar
una acci—n de inconstitucionalidad presentada por la Asociaci—n de Servicios
MŽdicos Costarricenses (Asemeco) en 2009.
La
intenci—n de la Asociaci—n era que se eliminara de la Ley de Incentivos a los
Profesionales en Ciencias MŽdicas la frase Ò... o en el sector privadoÓ que
est‡ contenida en el art’culo 23.
Esta
norma lo que dispone es que todos los profesionales en salud que estŽn
contratados ya sea por el Estado o por un ente privado se rijan por acuerdo de
partes, pero no se les podr‡ dar condiciones inferiores a las estipuladas en
dicha ley.
Asemeco impugn— este art’culo aduciendo que violaba los principios de
razonabilidad y proporcionalidad porque dispone que las condiciones que se
pactaron para el sector pœblico, mediante una convenci—n colectiva, deber‡n
aplicarse tambiŽn para el sector privado, sin que este haya sido parte de esa
negociaci—n.
Por esta
raz—n considera que la normativa lesiona la libertad de empresa, pues restringe
la posibilidad de acordar las condiciones de trabajo entre los profesionales en
ciencias mŽdicas y las instituciones privadas que los contraten y coarta el
poder de direcci—n del empleado en en el sector
privado, ya que lo obliga a establecer escalas salariales y puestos de trabajo
utilizando el mismo esquema del Estado.
Adem‡s, a
criterio de los denunciantes, la aplicaci—n de estos incentivos crea una carga
adicional para las instituciones mŽdicas privadas.
Tras la
sentencia del alto tribunal constitucional, todos los profesionales en salud
que se encuentren laborando para una entidad privada deber‡n tener los mismos
incentivos salariales que quienes trabajen en cl’nicas estatales.