MiŽrcoles, 10 de Julio de 2013 04:26
La
potestad de la Asamblea Legislativa de autorizar la entrada a Costa Rica de
fuerzas militares extranjeras −en este caso estadounidenses− podr’a
verse truncada a partir de la reciente sentencia de la Sala Constitucional
(IV), que determin— que la Direcci—n General de Aviaci—n Civil violent—
el Òderecho a la pazÓ del pueblo costarricense, cuando el pasado mes de
mayo autoriz— la entrada a varios helic—pteros de tipo Blackhawk
del ejŽrcito estadounidense.
Esa fue
la decisi—n un‡nime de la Sala IV, plasmada en la sentencia 2013-9122 del
pasado 5 de julio, cuyo criterio podr’a aplicarse al permiso de entrada a aguas
costarricenses de buques militares artillados estadounidenses, en el marco del
acuerdo de patrullaje conjunto, en vigencia desde hace m‡s de una dŽcada y que
la Asamblea Legislativa renueva peri—dicamente.
Cabe
recordar que en julio del 2010 Costa Rica protagoniz— una polŽmica
internacional, cuando la Asamblea Legislativa autoriz— la entrada al territorio
nacional de 46 buques artillados, 200 helic—pteros, 10 aviones, un portaviones
y 7.000 soldados estadounidenses.
En este
nuevo caso, la Direcci—n General de Aviaci—n Civil autoriz— que los mencionados
helic—pteros tomaran el espacio aŽreo costarricense, para dar mayor protecci—n
al presidente Barak Obama durante su visita el pasado mes de mayo.
A pesar
de encontrarse en vacaciones, la jefa de fracci—n del Partido Acci—n Ciudadana
(PAC) en la Asamblea Legislativa, Carmen Mu–oz, llam— la atenci—n por el hecho
de que el ingreso al pa’s de las aeronaves militares estadounidenses no fue
aprobado por el parlamento, como en su criterio debi— haber sucedido.
Para
legisladora, los argumentos del tribunal constitucional dan la raz—n a quienes
Òhist—ricamente hemos sostenido la tesis de que no es bueno para la paz y la
soberan’a tener barcos de guerra para combatir el narcotr‡ficoÓ.
Tras
apuntar que la decisi—n de la Sala Constitucional podr’a ser invocada en sus
extremos para que ningœn tipo de fuerza militar entre al pa’s, record— que el
acuerdo de patrullaje conjunto s—lo permite el ingreso de guardacostas, aunque
deja el portillo para que barcos de guerra participen como plataforma de
operaciones.
Por medio
de la oficina de prensa de la embajada de Estados Unidos en San JosŽ, se
solicit— un criterio a esa legaci—n en torno al mencionado
pronunciamiento de la Sala IV y a la posibilidad de que en el futuro la entrada
de buques artillados podr’a ser cuestionada a la luz de esta nueva
jurisprudencia.
Como
respuesta se obtuvo el siguiente p‡rrafo: ÒCon pleno respeto de la soberan’a de
Costa Rica, la Embajada de Estados Unidos solicita al Ministerio de Relaciones
Exteriores los permisos respectivos para que las aeronaves y embarcaciones
estadounidenses ingresen al territorio costarricense. Dependemos de la pronta
respuesta del gobierno de Costa Rica para cumplir con nuestras obligaciones de
apoyar la seguridad de Costa RicaÓ.
A criterio de la Sala Constitucional, aunque el derecho a la paz
no est‡ expl’citamente consignado en la Constituci—n Pol’tica, se desprende de
Òvalores, principios constitucionales y de tradiciones del pueblo
costarricenseÓ, que hist—ricamente han sido expresados a travŽs de decisiones
como la abolici—n del ejŽrcito en 1949 o la ÒProclama de neutralidad perpetua,
activa y no armadaÓ de 1983.
Mediante un comunicado de prensa del tribunal, se explic— que los
magistrados tambiŽn tomaron en cuenta que el pa’s ha confiado la defensa de la
soberan’a, independencia, integridad territorial y libre determinaci—n, en
Òinfinidad de instrumentos del derecho internacional pœblicoÓ.
El derecho a la paz forma parte de lo que en el derecho
internacional se tipifica como derechos de tercera generaci—n, que contemplan
temas de relevancia superior al ‡mbito de gobiernos o instituciones nacionales.
Forman parte de esta clasificaci—n el derecho a un medio ambiente
sano, a la independencia econ—mica y pol’tica o a la identidad nacional y
cultural.
Se trata de la primera vez que un tribunal costarricense abocado
a la protecci—n de los derechos humanos, proclama y reconoce expresamente el
derecho a la paz.