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Judicatura democr‡tica e independiente

MiŽrcoles, 08 de Mayo de 2013 00:00

 

Escrito por Rolando Vega Robert (Magistrado de la Sala Segunda)

La actual situaci—n del Poder Judicial costarricense, considero que no tiene parang—n en la historia institucional.

En estos dif’ciles momentos, me permito externar algunas reflexiones generales relacionadas con algunos temas de fondo, vinculados a lo que estimo debe ser una judicatura democr‡tica.

IntentarŽ definir cr’ticamente la vinculaci—n de los conceptos de jurisdicci—n y democracia en el plano de la realidad, destacando como aspecto positivo, la importancia que ha representado para el foro nacional y la judicatura costarricense, el generar los espacios necesarios para que se produzca una reflexi—n colectiva sobre la funci—n judicial y su impacto en la realidad nacional.

Sin que exista una consolidaci—n de esos espacios abiertos, no hay duda de que los diferentes procesos reflexivos que se han dado en los œltimos tiempos, han de valorarse como un presupuesto necesario para fundamentar la independencia de la judicatura frente a los otros poderes del Estado, y tambiŽn frente a las tareas, los l’mites y las condiciones del propio juez y su legitimaci—n en una sociedad democr‡tica. Estos ex‡menes de conciencia son cada d’a m‡s necesarios en el seno del Poder Judicial para encarar responsablemente las transformaciones que deber‡ experimentar el sistema de administraci—n de justicia para hacerle frente a los nuevos desaf’os actuales.

La creciente expansi—n del papel de la jurisdicci—n en las democracias modernas, exige sin duda alguna, una concepci—n de juez mucho m‡s amplia, como elemento de cambio social y actor del desarrollo. Poco a poco se ha ido abandonando el papel del juez como un —rgano sujeto s—lo a las normas legales y preocupado s—lo por el ejercicio de una mera funci—n tŽcnica de aplicaci—n de la ley, cualquiera que fuese su contenido.

Hay que reconocer que la Sala Constitucional y algunas reformas legales, han venido a impulsar decisivamente la concepci—n de un juez convertido en garante de los derechos fundamentales, incluso frente al legislador mismo, a travŽs de la censura de la invalidez de las leyes y dem‡s actos del poder pol’tico. Esto confiere a la jurisdicci—n la identificaci—n del ejercicio de su decisivo papel: la defensa de la constitucionalidad y de legalidad contra la eventual criminalidad de los poderes pœblicos, velando por su transparencia al constituirse en un l’mite claro de la democracia pol’tica. Por ello, el fundamento de la legitimidad del Poder Judicial, no puede ser concebido como algo meramente ÒlegalÓ, perdiendo de vista su trasfondo Òdemocr‡ticoÓ.

Pero para terminar de entender ese fundamento democr‡tico del papel del juez en un estado constitucional de derecho, resulta necesario recordar aqu’ las ense–anzas que algœn d’a nos dej— el maestro Luigi Ferrajoli. RefiriŽndose a un segundo sentido o dimensi—n de la democracia que va mucho m‡s all‡ de la Òpol’ticaÓ, se–ala expresamente que ÒSe trata de la dimensi—n que sirve para connotar la democracia como "democracia constitucional" o "de derecho" y que se refiere no al quiŽn est‡ habilitado para decidir (la mayor’a, justamente), sino el quŽ cosa no es l’cito decidir (o no decidir) a ninguna mayor’a, ni siquiera por unanimidad...Ó.

En lo expuesto anteriormente, reside el car‡cter "democr‡tico" de la jurisdicci—n como garant’a de los derechos de la colectividad y de la actuaci—n de los poderes pœblicos conforme al principio de legalidad. En tal sentido, la independencia del Poder Judicial de los poderes pol’ticos resulta as’ incuestionable para poder garantizar la protecci—n de los derechos fundamentales de todas las personas y a la vez de la legalidad de los poderes pœblicos mediante la legitimaci—n de los jueces que deben actuar velando porque se cumplan las garant’as de la imparcial determinaci—n de la verdad.

Es importante ver la necesidad de dimensionar la independencia de la judicatura desde varios ‡mbitos. Uno de ellos que se viene agravando peligrosamente, es el que tiene que ver con la inconveniente y aparente intenci—n de politizar los nombramientos de los magistrados de la Corte.

Pero en esta Žpoca convulsa, el Poder Judicial tambiŽn debe ser capaz de responder a una de las amenazas m‡s serias: los importantes niveles de ineficiencia que lo deslegitiman frente a la ciudadan’a por una clara insatisfacci—n de esta frente a los servicios recibidos. Esto viene a sumar peligrosamente en el debilitamiento de las instituciones democr‡ticas de nuestro pa’s en general, de lo que est‡ claro, no escapa nuestro organismo judicial.

La judicatura debe ser muy consciente de su papel democr‡tico y alejarse de cualquier visi—n corporativista, es decir, de una posici—n de defensa acr’tica de su trabajo que la haga perder el punto de vista externo a la corporaci—n y por consiguiente, del horizonte axiol—gico de su trabajo enfocado hacia la calidad del servicio pœblico que debe brindar.

Un di‡logo abierto y participativo debe constituirse en un medio para madurar cr’ticamente los valores democr‡ticos, sobre los derechos de los habitantes y sus garant’as, y sobre todo, para generar a lo interno del Poder Judicial una dialŽctica de confrontaci—n abierta y transparente entre las diversas concepciones pol’ticas e ideales institucionales de cara a la realidad nacional.

Vivimos momentos de acontecimientos importantes en la vida del Poder Judicial que son decisivos. En palabras de Ferrajoli, dir’a con Žl que debe tenerse muy presente Òque lo m‡s nocivo para la magistratura es su imagen de casta cerrada y separada. Y s—lo la reflexi—n cr’tica y autocr’tica promovida por los propios magistrados y su apertura al control democr‡tico de la opini—n pœblica puede dar sentido, legitimaci—n y valor al dif’cil oficio de juezÓ.

Sobre estos postulados debemos seguir luchando por preservar una judicatura democr‡tica e independiente.